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Por una estación de RENFE accesible para todos

Por una estación de RENFE accesible para todos

Actualizado 20/02/2014 12:26

Todos tenemos el derecho a tener las mismas oportunidades, quiero que me escuchen y se solucione el problema.

Soy María Yubero Tello, tengo una diversidad física de movilidad y desde hace cinco meses voy a estudiar a Alcalá de Henares cada lunes en tren, desde Almazán, y nunca me podría haber imaginado la falta de accesibilidad que encontré en la estación de RENFE de una ciudad Patrimonio de la Humanidad y de más de 210.000 habitantes, de los cuales un 10% tienen diversidad funcional, dentro de los 5.000.000 de personas que hay con este problema en España y los 600.000.000 en todo el mundo.

Tengo mucha dificultad al bajar los tres escalones del tren cargando con la maleta y posteriormente en la estación, ya que llego a la vía 3 desde la que debo bajar 26 escalones y después subir otros 23 (agarrándome y a su vez llevando la maleta) para poder pasar a la estación. En el caso de la vuelta desde Alcalá a Almazán, los sábados a las 8:.5 horas, no sé en qué vía debo tomar el tren hasta como mucho cinco minutos antes de la llegada cuando lo anuncian en las pantallas de la estación, por lo que, si parase en las vías 3 ó 5 debería bajar y subir las mismas escaleras que cuando llego en menos de cinco minutos para no perder el tren, porque si no, tendría que esperar al siguiente que sale a las 19.23 horas.

Todo ello con el riesgo que supone para mi espalda cargar con el peso de la maleta, el miedo a caerme en las escaleras, porque no quiero depender siempre de que alguien cargue con mi maleta, además de que puede que, en ese momento nadie pueda hacerlo o que incluso me la quiten. Y principalmente porque todos tenemos el derecho a tener las mismas oportunidades, quiero que me escuchen y se solucione.

Este es mi caso particular pero a la vez también es el de muchas personas más con diversidad funcional, o cualquier día podría ser su caso?

¿Dónde queda la Ley de Accesibilidad?

Artículo 9. Accesibilidad

"Con el fin de que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales. Estas medidas, que incluirán la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso, se aplicarán, entre otras cosas, a:

  1. Los edificios, las vías públicas, el transporte y otras instalaciones exteriores e interiores como escuelas, viviendas, instalaciones médicas y lugares de trabajo;
  2. Los servicios de información, comunicaciones y de otro tipo, incluidos los servicios electrónicos y de emergencia".

¿Y la igualdad entre todas las personas?

Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

Artículo 1. Objeto de la ley.

"1. Esta ley tiene por objeto establecer medidas para garantizar y hacer efectivo el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, conforme a los artículos 9.2, 10, 14 y 49 de la Constitución.

A estos efectos, se entiende por igualdad de oportunidades la ausencia de discriminación, directa o indirecta, que tenga su causa en una discapacidad, así como la adopción de medidas de acción positiva orientadas a evitar o compensar las desventajas de una persona con discapacidad para participar plenamente en la vida política, económica, cultural y social.

Artículo 2. Principios.

Esta ley se inspira en los principios de vida independiente, normalización, accesibilidad universal, diseño para todos, diálogo civil y transversalidad de las políticas en materia de discapacidad.

A estos efectos, se entiende por normalización, el principio en virtud del cual las personas con discapacidad deben poder llevar una vida normal, accediendo a los mismos lugares, ámbitos, bienes y servicios que están a disposición de cualquier otra persona".

¿Y qué me dicen del Patrimonio de la Humanidad si no tenemos en cuenta a todos los que formamos esa Humanidad?

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