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Autorizadas con prescripciones las obras del palacio en Marqués de Vadillo

Autorizadas con prescripciones las obras del palacio en Marqués de Vadillo

Actualizado 22/12/2015 21:19

Los ayuntamientos tienen la obligación de solicitar autorización a la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural para toda intervención en Bienes de Interés Cultural, tanto en los declarados de forma nominal y sus entornos, como en los que cuenten con declaración genérica.

La Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, reunida en la mañana de hoy martes en sesión extraordinaria bajo la presidencia del delegado territorial, Manuel López, ha acordado autorizar, con prescripciones, la intervención en el Palacio del Conde de La Puebla de Valverde, sito en la calle Marqués de Vadillo, 2 de Soria, a la vista de la propuesta de la Ponencia Técnica y dadas las especiales características y evolución histórica del edificio, con numerosas alteraciones en el tiempo.

El acuerdo autoriza el rasgado de huecos en los vanos que tienen continuidad con la composición vertical de balcones en fachada, tanto en la calle Marqués de Vadillo como en la Plaza de Herradores.

Respecto a los demás huecos de planta baja, sin continuidad vertical con balcones, el acuerdo de la Comisión recoge que deben mantenerse como ventanas con su rejería actual, incluyendo todos los vanos en la calle Puertas de Pro, debiendo reponerse con el material primitivo los huecos de los vanos que se han abierto.

Según la autorización de la Comisión, en el caso de colocar cartelería exterior, sin perjuicio del cumplimiento de las normas específicas del Plan Especial de Protección, se deberá solicitar autorización a la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural con carácter previo a la licencia o declaración responsable.

Normativa aplicable

La Comisión Territorial de Patrimonio Cultural es competente para autorizar la intervención propuesta, al amparo del artículo 14.1.a) del Decreto 37/2007, de 19 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

El edificio denominado 'Palacio del Conde de La Puebla de Valverde' es un Bien de Interés Cultural por aplicación del Decreto 571/1963 de 14 de abril, sobre escudos, emblemas, piedras heráldicas, rollos de justicia, cruces de término y demás piezas de análoga índole.

El artículo 36 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, establece bajo la rúbrica 'Autorización de intervenciones' que "cualquier intervención que pretenda realizarse en un inmueble declarado Bien de Interés Cultural habrá de ser autorizada por la Consejería competente en materia de cultura, con carácter previo a la concesión de la licencia municipal, salvo en los casos previstos en el artículo 44.2 de la presente Ley".

Antecedentes

El pasado día 17 la Delegación Territorial resolvió la suspensión cautelar de obras por afectar a un inmueble con escudos, protegido por el citado decreto, sin la preceptiva autorización de la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de Soria. Un día después, el Ayuntamiento de Soria remitió a la Comisión el expediente de tramitación de obras, comprobándose la separación entre las relacionadas con el acondicionamiento interior del local y las que corresponden a las de ampliación de huecos en fachada, por lo que se levantó parcialmente, con esa misma fecha (18 de diciembre), la suspensión cautelar de las obras de acondicionamiento interior.

Obligaciones de los ayuntamientos

En la autorización, la Comisión recuerda a todos los ayuntamientos con declaración de Conjunto Histórico y que cuenten con Plan Especial de Protección, la obligación legal de remitir mensualmente tanto las licencias de obra como las declaraciones responsables que se otorguen en dicho ámbito.

También recuerda la obligación de solicitar autorización a la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural para toda intervención en BIC (Bienes de Interés Cultural), tanto en los bienes declarados de forma nominal y sus Entornos, como en los bienes que cuenten con declaración genérica por los siguientes decretos: Decreto 571/1963 de 14 de marzo, protección de escudos, emblemas, piedras heráldicas, rollos de justicia, cruces de término y similares y Decreto de 22 de abril de 1949, referido a todos los castillos de España, cualquiera que sea su estado de ruina, murallas, torres, torreones, atalayas, etc.

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