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Vía libre al anteproyecto que regulará la actividad del alto cargo de la Junta

Vía libre al anteproyecto que regulará la actividad del alto cargo de la Junta

Actualizado 31/03/2016 16:23

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León aprueba el anteproyecto de la ley que regirá la actividad del alto cargo, con la que se quiere dar respuesta a una demanda social para avanzar en regeneración democrática y contribuir a una sociedad más participativa.

La regulación de la actividad del alto cargo, fijada por ley, es uno de los compromisos adquiridos por el presidente Herrera en el acuerdo político y en el discurso para la investidura de la presente legislatura, según ha recordado la Junta en el comunicado remitido hoy, tras aprobar el anteproyecto de ley en el Consejo de Gobierno.

Las materias que se abordan en el texto, además de dar respuesta a una demanda social, significan el cumplimiento expreso de las medidas de regeneración incluidas en el pacto suscrito en julio de 2015 con los grupos parlamentarios Popular, Socialista, Podemos y Ciudadanos, así como la modernización de la Función Pública, acordada y firmada con los representantes sindicales de los empleados públicos.

La presente ley tiene por objeto establecer el régimen jurídico de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de las entidades a ella adscritas para lograr una mayor cercanía y eficiencia de los altos cargos en el ejercicio de sus funciones y un mayor control de su actividad.

A efectos de lo previsto en la presente ley, se consideran altos cargos: los miembros de la Junta de Castilla y León ?presidente y consejeros-; los viceconsejeros, secretarios generales, directores generales, delegados territoriales, o asimilados a algunos de los anteriores de la Administración General o de la Administración Institucional; los presidentes, consejeros delegados, directores generales, gerentes o asimilados de las empresas públicas o fundaciones públicas que tengan un contrato de alta dirección.

Este anteproyecto de ley, cuyo informe se ha expuesto y analizado hoy en Consejo de Gobierno, se estructura en 27 artículos, agrupados en un título preliminar y otros seis títulos más, y se completa con siete disposiciones adicionales, cuatro transitorias, una derogatoria y seis finales.

Regeneración democrática

Este apartado del anteproyecto de ley recoge cuestiones como el régimen de incompatibilidades y de conflictos de intereses, la obligatoriedad de un Código Ético y de Austeridad ?sin ser una obligación legal, la Junta ya aprobó un código de estas características en Consejo de Gobierno del 15 de octubre de 2015-, la creación de una Comisión de Ética Pública, la limitación de mandatos o la modificación de la ley electoral.

Se impide que pueda ser alto cargo quien haya sido condenado por sentencia firme o tenga abierto juicio oral por delitos contra la Administración Pública.

Se regula la obligatoriedad de un Código Ético y de Austeridad para los altos cargos de la Administración de la Comunidad.

Asimismo, se exige que cada una de las instituciones propias cuente con su propio Código Ético que deberán aprobar en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor.

Se regula de manera detallada el régimen de incompatibilidades y de conflictos de intereses.

Asimismo, se regulan por primera vez las limitaciones para el desarrollo de actividades en entidades privadas tras el cese, completando y ampliando el régimen previsto en el Código Ético y de Austeridad.

Se regula por primera vez un régimen de infracciones cuyas sanciones serán aplicables a los altos cargos por acciones y omisiones en el ejercicio de sus funciones; estas irán desde el apercibimiento hasta el cese y la imposibilidad de ser alto cargo den un periodo de entre cinco y diez años

La limitación temporal del desempeño de la presidencia de la Junta de Castilla y León y de las instituciones propias queda regulada y, con ello, no podrá proponerse para tal cargo a quien ya lo hubiera ejercido ocho años; asimismo, se limita que una persona pueda ser titular de una misma consejería del Gobierno autonómico más de ocho años.

La ley electoral autonómica se modificará con este anteproyecto de ley en dos cuestiones: primera, impedir que la condición de presidente de diputación provincial y la de alcalde o concejal de municipios de más de 20.000 habitantes sea compatible con la de procurador en las Cortes de Castilla y León: segunda, la obligación de celebrar debates entre candidatos a la Presidencia de la Junta durante la campaña electoral.

En concreto, los candidatos a la presidencia de la Junta de Castilla y León de las formaciones políticas que tengan grupo parlamentario propio en las Cortes de Castilla y León deberán celebrar, al menos, dos debates públicos durante la campaña electoral. Una comisión de profesionales del Periodismo en Castilla y León fijará las condiciones para la celebración de estos debates garantizando el respeto de los principios de pluralismo, igualdad, proporcionalidad y neutralidad, y de acuerdo con las instrucciones que en la materia pueda establecer la Junta Electoral competente.

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