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El juez reconoce la indemnización para un trabajador temporal público

El juez reconoce la indemnización para un trabajador temporal público

Actualizado 06/01/2017 10:11

Los servicios jurídicos de CC OO logran una sentencia favorable para un empleado interino de la Junta.

Los servicios jurídicos de CCOO han ganado la primera sentencia en Castilla y León que reconoce a un trabajador laboral interino de la Junta de Castilla y León de Salamanca la indemnización por despido de 20 días por año trabajado para la administración.

En el sindicato están a la espera de una reforma legislativa que equipare los derechos de los trabajadores fijos con los temporales en la administración pública. Algo en lo que confía después de otra sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) concluyendo que España infringe el Derecho comunitario de discriminación de trabajadores interinos con los fijos, los juzgados van decidiendo de acuerdo a la Unión Europea.

Los pronunciamientos judiciales existentes hasta la fecha aplicaban la doctrina del TJUE en procesos sobre despido, lo novedoso de este pronunciamiento judicial, obtenido por el servicio jurídico de CCOO de Castilla y León, es que se reconoce también la posibilidad de reclamar la indemnización de 20 días en un procedimiento de reclamación de cantidad y en consecuencia en el plazo de prescripción de un año desde que se produjera el cese, coincidiendo plenamente con la línea mantenida por el Sindicato CC OO en su campaña informativa desplegada en estos últimos meses.

La Sentencia del Juzgado de lo Social nº2 de Salamanca de fecha 28 de Diciembre de 2016, considera que teniendo en cuenta que "en el presente caso no se cuestiona la finalización de contrato y estamos ante un supuesto de extinción del contrato por concurrir causa válida no es necesario impugnar el cese, al igual que no se exige ni para reclamar la indemnización por despido objetivo procedente a los trabajadores fijos ni en la indemnización por fin de contrato de otros contratos temporales, se entiende adecuado el procedimiento de reclamación de cantidad instado por la parte actora, proceso que no está sujeto al plazo de caducidad de 20 días desde el cese y por ello procede rechazar la excepción invocada".

Para CC OO es un logro y el comienzo de un camino "para acabar con el abuso de la temporalidad en las administraciones públicas, que hasta ahora se han estado aprovechando de un vacío legal, por lo que seguirá denunciando ante la justicia hasta que haya una regulación".

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