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SATSE recuerda que es necesaria la prescripción médica para administrar vacunas antigripales

SATSE recuerda que es necesaria la prescripción médica para administrar vacunas antigripales

Actualizado 17/09/2017 12:45

El sindicato de Enfermería en Castilla y León, insiste en que el Real Decreto de Prescripción Enfermera de 2015 impide que administren vacunas sin prescripción previa del médico

El Sindicato de Enfermería, SATSE, de Castilla y León, recuerda un año más a la Consejería de Sanidad que las vacunas antigripales que se suministren a los centros de salud de esta Comunidad dentro de la próxima campaña de vacunación deben cumplir la normativa europea y española relativa a la bioseguridad que debe existir para evitar riesgos laborales para los profesionales de enfermería, al tiempo que alertan al consejero de Sanidad de la Comunidad, Antonio Sáez Aguado, de que su departamento no puede obligar a los profesionales enfermeros a saltarse la normativa vigente en la administración de las vacunas, que debe hacerse con una previa prescripción individualizada de un médico. Lo contrario podría tener consecuencias penales para los enfermeros.

Por este motivo, SATSE Castilla y León recuerda al consejero de Sanidad que no puede obligar a profesionales sanitarios como los de enfermería a obviar la legislación vigente para garantizar la asistencia sanitaria porque "supone descargar sobre ellos una responsabilidad que no les corresponde y someterles al riesgo de que se les acuse de cometer una ilegalidad".

Asimismo, esto último y la sentencia del País Vasco implican que la Consejería no debe publicar unas instrucciones que obliguen a la enfermería a administrar la vacuna de la gripe contraviniendo la legislación con el argumento de que es una cuestión de salud pública, cuando la campaña de la gripe es una circunstancia que se repite año a año y que debe estar planificada conforme a la ley. Y añaden que "el consejero no debe desviar la atención de la opinión pública sobre la responsabilidad que el Ministerio de Sanidad y su Consejería tienen en una cuestión de este tipo y SATSE considera paradójico, como poco, que una administración pública obligue a sus empleados públicos a vulnerar la ley".

Desde SATSE consideran que "hay un Real Decreto aprobado en 2015 y ha habido tiempo suficiente para que esta cuestión se hubiera subsanado, pero no ha habido voluntad política en el Ministerio de Sanidad para solucionarlo. En este sentido, el sindicato lleva alertando desde entonces de las consecuencias legales que ese Real Decreto tenía para la asistencia sanitaria y para la profesión enfermera, así como que limitaba las competencias de una profesión capacitada para ello como es la de enfermería".

El sindicato se apoya en diversas normas europeas y nacionales además de sentencias que refutan lo que ellos proponen: "las vacunas que se suministren a los centros de salud deben cumplir la Directiva 2010/32/UE, del Consejo, de 10 de mayo de 2010, que aplica el Acuerdo Marco para la prevención de las lesiones causadas por instrumentos cortantes y punzantes en el sector hospitalario y sanitario (2010) y la Orden ESS/1451/2013, de 29 de julio, por la que se establecen disposiciones para la prevención de esas lesiones"

La vacuna antigripal es un medicamento de uso humano de prescripción médica, clasificado por la Agencia Española del Medicamento y en base al art. 2 del RDL1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.

El Real Decreto 954/2015 de Prescripción Enfermera establece en su artículo 3 que, para que un enfermero pueda realizar la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos de uso humano sujetos a prescripción médica será necesario que el médico haya determinado previamente el diagnóstico, la prescripción y el protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir, validado conforme a lo establecido en el artículo 6 (del RD 954/2015).

Además, una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de finales de julio de este año suspendió una instrucción del Servicio Vasco de Salud en este sentido y determinó que los enfermeros no podrían vacunar a la población sin prescripción médica previa.

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