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Entra en vigor el reglamento sobre contadores de agua

Entra en vigor el reglamento sobre contadores de agua

Actualizado 03/09/2018 12:09

El BOP publica la modificación del artículo referente a la medición del consumo.

Este lunes, el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) la entrada en vigor de la modificación de uno de los artículos del reglamento del suministro de agua. Se trata del referente a los contadores del servicio, donde queda reflejado que estos aparatos podrán ser propiedad del usuario o también de la empresa adjudicataria del servicio, Agua de Soria.

En el primero de los casos será el propietario el encargado de su mantenimiento y conservación así como la renovación periódica cuando así sea requerida. En el caso de ser propiedad de la adjudicataria, será esta quien se encargue de dichas tareas.

Todos los contadores de nueva instalación, los que sean sustituidos a partir de ahora y los que deban ser ser objeto de la renovación una vez transcurridos los 10 años tras su instalación que prevé el reglamento, deberán llevar, de fábrica, los dispositivos de ‘tele-lectura’ y emisión para ser leídos a distancia por la empresa suministradora, y han debido ser previamente, aprobados por el Ayuntamiento y cumplir con las especificaciones de la directiva Europea mid/2004/22/cE, referente al registro de impulsos magnéticos.

El BOP puede ser leído en el archivo adjunto.

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