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Cambian las tasas de apertura de establecimientos, obras y licencias urbanísticas
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Cambian las tasas de apertura de establecimientos, obras y licencias urbanísticas

Actualizado 05/11/2012

La Comisión de Hacienda del Ayuntamiento de Soria celebrada este lunes modificó las ordenanzas, en algunos casos para adaptarlas jurídicamente a escenarios con ambigüedades o normativas nuevas, y en otros para responder a la realidad tras detectarse con su puesta en marcha algunas lagunas.

Así, la relación de las ordenanzas fiscales que se han visto alteradas son, la número 2, que hace referencia a los Derechos y Tasas por Licencia de Apertura de Establecimientos, y que pasará a denominarse: Tasa por Apertura de Establecimientos; la número 21, antes llamada Impuesto sobre Construcciones, y que ahora pasa a ser Instalaciones y Obras, y la número 27, que era la Tasa por Licencias Urbanísticas y que pasará a denominarse Tasa por Actuaciones Urbanísticas.

En estos casos, el concejal de Hacienda Luis Rey ha explicado la necesidad de adaptar el texto de la ordenanza al nuevo escenario que permite que una empresa se dé de alta con una notificación en el Ayuntamiento para comenzar la actividad. Esta situación no exime de la posterior vigilancia del proceso y desarrollo, pero sí aconseja la consonancia de los textos con el nuevo escenario.

Otra ordenanza la número 9 que es la Tasa por Utilización Privativa o por el Aprovechamiento Especial del Dominio Publico Local con Mercancías, Materiales de Construcción, Escombros y otros análogos, busca generar los menores contratiempos y ajustar los costes a las necesidades. El concejal ha explicado, por ejemplo, que el documento incluye la aprobación de nuevos precios para el corte de las calles. En este caso, se ha decidido primar el tiempo y no los metros afectados ya que el objetivo es que se reduzca al máximo los inconvenientes para conductores y peatones. Así se marcan tarifas de entre 60 y 30 euros en función de la categoría de la vía para la hora o fracción de cierre de la misma.

En la que se refiere a Derechos y tasas por ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas y análogos, la número 11, se adapta a la laguna detectada jurídicamente para la colocación de veladores en suelo privado de uso público. El Ayuntamiento concede las licencias, pero existía un vacío posterior para la tramitación lo que se solventa con este nuevo matiz y en los mismos términos que en cualquier vía pública. Luis Rey también detalló situaciones habituales en algunos soportales o calles de paso ubicadas en zonas de comunidades de propietarios.

En la número 23, que aborda el Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, ha incluido una modificación en el tiempo para considerar un vehículo clásico pasando de los 25 años a los 30 el mínimo. La nueva franja busca mejorar la criba para bonificar a los vehículos clásicos de uso recreativo y no a coches con muchos años de circulación, pero no singulares y que, además, generan más emisiones. Esta ordenanza se aprobó el pasado año y este cambio da respuesta a la situación detectada en su primer ejercicio de aplicación.

En cuanto a la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos (número 43), los cambios responden a la experiencia de su puesta en marcha y se elimina la tasa para documentos compulsados que se deben presentar en la propia institución y se regula el coste de las fotocopias más ajustada a la necesidad de cada usuario.

Las modificaciones fueron aprobadas por unanimidad a excepción de la número 9 en la que la oposición del Grupo Popular se abstuvo.

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