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Una sentencia judicial obliga a la Diputación a readmitir a la trabajadora social Lourdes Revuelto

Una sentencia judicial obliga a la Diputación a readmitir a la trabajadora social Lourdes Revuelto

Actualizado 20/10/2011

El Presidente de la Diputación Antonio Pardo destacó que no es una cuestión de persecución puesto que la plaza se refundió con una de enfermera para ahorrar costes en un centro de tan solo 19 usuarios. Además Pardo manifestó que la trabajadora social cobraba 36.000 euros y que hace unos años fue el comité de empresa el que solicitó que la expulsaran de su puesto de trabajo.

El fallo del TSJ, fechado el 19 de noviembre de 2009, confirmó que la denuncia de sus compañeros no estaba "acreditada" y, por tanto, instó al organismo a readmitirla inmediatamente al considerar su despido improcedente. Pardo semostró visiblemente contrariado por al decisión de revuelto de querellarse contra la diputación acusando a la institución de prevaricación y acoso laboral. revuelto asegura en su querella que el pleno de la diputación aprobó la amortización de la plaza cuando sabía que el juzgado iba a posicionarse a su favor instando su reincorporación. antonio pardo niega que se supiera con antelación de dicha sentencia y advierte que también en la propia diputación se pueden sentir perseguidos.

Lourdes Revuelto fue la administradora de la residencia de Navaleno hasta que en septiembre de 2008 la Diputación decidió despedirla por acuerdo de Junta de Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ratificó la sentencia del Tribunal de lo Social de Soria que declaraba improcedente el despido disciplinario de la trabajadora y le dio de nuevo la razón frente a la denuncia que presentaron cuatro de sus compañeros de trabajo por un presunto acoso laboral.

El TSJ introdujo una nueva opción y permitió a Diputación la posibilidad de indemnizar a la trabajadora. Finalmente , el alto tribunal volvió a estimar el recurso presentado por la Defensa para la readmisión de la trabajadora social. Pardo incidió en que el puesto desempeñado por la empleada ya no existe.

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