Bando del alcalde sobre la prohibición de hacer fuego.


CAPITAL
Actualizado 29/07/2014 10:21:35

No se permite la quema de rastrojos ni de matorrales como tampoco restos de poda ni hogueras a cielo abierto en zonas recreativas.

El Ayuntamiento de Soria ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia un bando del alcalde en el que se explica la prohibición de encender fuego en todo el término municipal.

En el mismo se detalla que no se permitirá la quema de rastrojos, ni tampoco matorral, pastos, maleza espontánea y cualquier otro tipo de residuo. De igual modo, queda prohibido prender hogueras a cielo abierto en áreas recreativas.

En zonas como cámpings o campamentos de turismo, autorizados por la Consejería competente en materia de turismo se estará a lo dispuesto en la normativa sobre incendios forestales que ha establecido la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

Otros puntos que se contemplan en el bando son los referentes al material pirotécnico que deberá ser usado con la pertinente autorización y la prohibición de encender lumbre en zonas urbanizadas ubicadas a menos de 400 metros del monte y en terrenos rústicos a menos de dicha distancia también de monte. Aquí se incluyen barbacoas, asadores, planchas, hornillos eléctricos y de gas y de cualquier elemento que pueda causar fuego.

El bando completo puede ser consultado aquí o en el archivo adjunto que acompaña a esta información.

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