El importe de las mismas es de casi 81.000 ? y la mitad de ese dinero se ha destinado al pago del alquiler y necesidades básicas de la vivienda. La cobertura es temporal para evitar o paliar situaciones de exclusión social en la provincia de Soria. Los datos corresponden a los 6 primeros meses de 2015.
Del total de ayudas más de la mitad se destinaron al pago del alquiler y las necesidades básicas de vivienda. En concreto, 75 prestaciones fueron destinadas a abonar las necesidades básicas de vivienda tales como luz o agua y 49 al alquiler. Además, se concedieron 34 ayudas para alimentación, 24 para cuidados personales esenciales, 12 para el pago de cuotas hipotecarias, 2 para cuotas hipotecarias vencidas, 3 para gastos farmacéuticos, 3 para adquisición de enseres básicos, 3 para reparación y acondicionamiento del hogar, 1 para alimentación infantil especial, 1 para alojamiento temporal y 7 para otros conceptos.
Por Centros de Acción Social, el de mayor actividad durante el primer semestre del año fue el de Ribera del Duero con la concesión de 56 ayudas por importe de 27.254 euros. El Ceas Moncayo concedió 40 prestaciones por 9.275 euros; Almazán, 35 por 15.976 euros; Pinares Sur, 30 por 11.638 euros; Soria Rural, 21 por 6.575; los Ceas de Tierras Altas y Pinares Norte, 7 ayudas cada uno de ellos por 1.971 y 2.230 euros respectivamente; y Berlanga de Duero, Campo de Gómara y Ceas Sur, 6 subvenciones cada uno por importe de 1.400, 1.397 y 3.220 euros respectivamente.
Las ayudas de urgencia social se encuentran dentro del Acuerdo Marco de Servicios Sociales y están cofinanciadas por la Junta de Castilla y León y la Diputación Provincial de Soria. Se trata de ayudas finalistas, temporales, inembargables, extraordinarias, de pago único y compatibles con cualquier otro recurso o prestación de protección social que pudiera corresponder. La situación de necesidad debe ser valorada por los equipos profesionales de los Ceas.
Podrán ser destinatarios de estas ayudas las personas físicas, mayores de edad o menores emancipados, de cualquier nacionalidad y en su caso, aquellos miembros de su unidad familiar o de conveniencia que se hallen en alguna de las situaciones de urgencia social. Esta prestación económica es compatible con otros ingresos que obtengan sus destinatarios, con independencia de cuál sea su naturaleza y origen, incluida la prestación de Renta Garantizada de Ciudadanía.