Un decreto regula el permiso de funcionamiento y la comunicación previa de inicio de actividad de este sector.
El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto por el que se crea el registro de empresas y actividades alimentarias de Castilla y León y regula la autorización de funcionamiento y la comunicación previa de inicio de actividad de este sector desde el ámbito sanitario.
El nuevo decreto aprobado hoy por Gobierno autonómico se refiere a la creación del registro de empresas y actividades alimentarias de Castilla y León y a la regulación de los procedimientos de autorización sanitaria de funcionamiento y de comunicación previa de actividad de los establecimientos y empresas alimentarias.
Estos cambios normativos hay que enmarcarlos en las medidas que la Junta de Castilla y León ha aprobado para la dinamización empresarial y, más concretamente, en la reducción y simplificación de cargas administrativas en sectores tan importantes para el conjunto de la economía castellana y leonesa como son las industrias agroalimentarias y los servicios de restauración.
El nuevo registro de empresas y actividades alimentarias de Castilla y León, adscrito a la Dirección General de Salud Pública, sustituye al anterior censo sanitario de alimentos y será público, pudiendo accederse a través de la web de 'Gobierno abierto' de la Junta.
El decreto ahora aprobado expresa que necesitan autorización sanitaria previa de funcionamiento las industrias agroalimentarias que, con carácter general, manipulen productos de origen animal, mientras que, si no es así, les bastará una comunicación previa al inicio de su actividad. Por su parte, los servicios de restauración quedan sujetos a una comunicación previa también cuando comience su funcionamiento.
Los cambios asimismo favorecerán otros sectores al potenciar el régimen administrativo de las comunicaciones previas, haciéndose extensible a ámbitos como los de las aguas envasadas, los materiales en contacto con alimentos y los establecimientos minoristas, ya sean fruterías, panaderías o hipermercados, lo que contribuirá a la dinamización empresarial en estas otras actividades.
En este ámbito competencial de la Consejería de Sanidad se ha alcanzado la máxima reducción administrativa posible ya que, tanto la normativa europea como la legislación básica estatal, imposibilitan la eliminación de la autorización sanitaria de funcionamiento cuando de manipulen productos de origen animal. No obstante, de las más de 46.000 empresas agroalimentarias registradas en Castilla y León, sólo 1.903 están sujetas a ese permiso inicial, con lo que el 96 % restante sólo precisará de una comunicación previa de actividad.
La simplificación de trámites que recoge este Decreto también supone una reducción de la documentación necesaria a presentar, mediante la unificación de formularios y de solicitudes y facilita su gestión, a través de teletramitación, tanto en el caso de las autorizaciones sanitarias previas de funcionamiento como en el de las comunicaciones al inicio actividad.
La reducción de los plazos para la resolución y la notificación de las autorizaciones sanitarias de funcionamiento, que pasan de seis a tres meses máximo, está incluida entre las medidas que este Decreto implementa para el estímulo a la creación de empresas en Castilla y León y la dinamización empresarial, en este caso, en los sectores agroalimentario y de restauración de la Comunidad.