NOTICIAS DE ÁGREDA
Actualizado 01/03/2018 19:39:11

Los hechos se remontan a un festival popular durante las pasadas fiestas de San Miguel.

La Junta de Castilla y León ha impuesto una multa de 300 euros al Ayuntamiento de Ágreda (Soria) por la realización de un espectáculo taurino no permitido ni autorizado en las fiestas de San Miguel del pasado año 2017. Según explica la Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales (Anpba), los hechos se produjeron el último día de las fiestas, el 2 de octubre.

Según Europa Press, una peña taurina emboló a un toro y le ató con una maroma, le sujetaron la cabeza a un cajón 'valenciano' de embolar y, “mientras que ocho participantes tiraban de la soga y otros dos le tiraban del rabo, le colocaron unos artilugios metálicos y una banderola en cada asta, mientras el animal se retorcía”. De hecho, explican en Anpba, “en un intento por soltarse, el toro se dio violentamente de bruces contra el suelo”.

Ello provocó la denuncia administrativa de Anpba ante la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León, por lo que la Junta incoó expediente sancionador al Ayuntamiento agredeño, organizador del espectáculo, haciéndole responsable de la realización de un espectáculo taurino "no permitido ni autorizado", y donde “el propio Ayuntamiento debería haber denunciado a dicha peña ante la Junta”. El expediente concluyó con la imposición de una sanción administrativa al Consistorio, que reconoció expresamente su responsabilidad en un escrito presentado ante la Junta.

Anpba tiene previsto recurrir la sanción, ya que esos 300 euros de multa se han traducido por pronto pago en 180. El departamento jurídico de este colectivo considera que esa multa no responde a la aplicación de los principios de tipicidad y proporcionalidad, ya que se sanciona el hecho de que sea un espectáculo no permitido, pero no se sanciona el maltrato animal, también tipificado como infracción grave en el artículo 38.2.k) del Reglamento de espectáculos taurinos populares, Decreto 14/1999, maltrato que considera Anpba que es consustancial al enmaromado del animal, como estableció, en 2005, el Auto de la Audiencia Provincial de Palencia, de 20 de enero de 2005, como conclusión a otra denuncia.

Anpba no descarta, una vez agotada la vía administrativa y si no se tuvieran en cuenta sus legítimas pretensiones, llevar el caso el Contencioso-administrativo.

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