Imagen del hemiciclo del Congreso./PE


CASTILLA Y LEóN
Actualizado 12/03/2018 18:10:34

El Pleno del Congreso recibirá este martes la segunda reforma para eliminar el aforamiento político de los diputados autonómicos. Después de Murcia, es Cantabria la que lleva a la Cámara Baja una propuesta de modificación estatutaria para suprimir este "privilegio", como así se recoge en la iniciativa que el Parlamento regional aprobó por unanimidad.

La Cámara cántabra aprobó esta propuesta el pasado diciembre y la remitió al Congreso, por tratarse de una modificación estatutaria y con rango de ley orgánica, y será este martes cuando la sesión plenaria acoja el debate de su toma en consideración.

En caso de superar la correspondiente votación, como auguran los respaldos cosechados en Cantabria, la reforma estatutaria comenzará su andadura parlamentaria en las Cortes Generales, empezando por la apertura de un primer plazo de presentación de enmiendas.

Esta iniciativa será defendida ante el Pleno del Congreso por una representación del Parlamento autonómico que estará compuesta por los diputados autonómicos Pedro Hernando (PRC), Víctor Casal (PSOE) y Francisco Rodríguez (PP).

Otras tres reformas estatutarias en trámite

Con esta reforma, el Parlamento regional da cumplimiento a la proposición no de ley aprobada por la Cámara en noviembre de 2015, en la que se acordó reformar los artículos 11 y 20 del Estatuto en relación con el fuero procesal especial al presidente de Cantabria, miembros del Gobierno y de todos los diputados del Parlamento de Cantabria.

Cantabria se convierte de esta forma en la segunda comunidad autónoma, después de Murcia, en promover la supresión de este "privilegio de la clase política", para que los representantes de los ciudadanos "vuelvan a ser judicialmente iguales a aquellos a los que representan", según reza el texto firmado por los cinco grupos con representación en el Parlamento cántabro.

El Pleno del Congreso ya admitió a trámite la reforma del Estatuto murciano, que ha concluido la fase de enmiendas y que está a disposición de la Ponencia. No obstante, dado que sólo ha recibido dos mejoras técnicas, su tramitación no conlleva ninguna dificultad.

Además del la de Murcia también hay otras dos reformas estatutarias tramitándose en el Congreso: por un lado, la de la Comunidad Valenciana, que se encuentra en fase de enmiendas, y, por otro, la de Canarias, cuyas enmiendas se están discutiendo ya en Ponencia.

Todos iguales ante la ley

En el texto de la reforma cántabra, los partidos subrayan la necesidad de modificar el Estatuto de la comunidad con el fin de eliminar la "prerrogativa" del fuero procesal especial para que todos los ciudadanos de Cantabria sean juzgados por los jueces o tribunales predeterminados por la ley.

Además, junto a la supresión del aforamiento, se plantea modificar el artículo 11 del texto estatutario, de forma que recoja que los diputados regionales "gozarán, aún después de haber cesado en su mandato, de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en actos parlamentarios y por los votos emitidos en el ejercicio de su cargo; y que durante su mandato no podrán ser detenidos ni retenidos sino en caso de flagrante delito, correspondiendo decidir sobre su inculpación, prisión, procesamiento y juicio a los jueces ordinarios predeterminados por la Ley".

El Pleno del Congreso recibirá este martes la segunda reforma para eliminar el aforamiento político de los diputados autonómicos. Después de Murcia, es Cantabria la que lleva a la Cámara Baja una propuesta de modificación estatutaria para suprimir este "privilegio", como así se recoge en la iniciativa que el Parlamento regional aprobó por unanimidad.

La Cámara cántabra aprobó esta propuesta el pasado diciembre y la remitió al Congreso, por tratarse de una modificación estatutaria y con rango de ley orgánica, y será este martes cuando la sesión plenaria acoja el debate de su toma en consideración.

En caso de superar la correspondiente votación, como auguran los respaldos cosechados en Cantabria, la reforma estatutaria comenzará su andadura parlamentaria en las Cortes Generales, empezando por la apertura de un primer plazo de presentación de enmiendas.

Esta iniciativa será defendida ante el Pleno del Congreso por una representación del Parlamento autonómico que estará compuesta por los diputados autonómicos Pedro Hernando (PRC), Víctor Casal (PSOE) y Francisco Rodríguez (PP).

Otras tres reformas estatutarias en trámite

Con esta reforma, el Parlamento regional da cumplimiento a la proposición no de ley aprobada por la Cámara en noviembre de 2015, en la que se acordó reformar los artículos 11 y 20 del Estatuto en relación con el fuero procesal especial al presidente de Cantabria, miembros del Gobierno y de todos los diputados del Parlamento de Cantabria.

Cantabria se convierte de esta forma en la segunda comunidad autónoma, después de Murcia, en promover la supresión de este "privilegio de la clase política", para que los representantes de los ciudadanos "vuelvan a ser judicialmente iguales a aquellos a los que representan", según reza el texto firmado por los cinco grupos con representación en el Parlamento cántabro.

El Pleno del Congreso ya admitió a trámite la reforma del Estatuto murciano, que ha concluido la fase de enmiendas y que está a disposición de la Ponencia. No obstante, dado que sólo ha recibido dos mejoras técnicas, su tramitación no conlleva ninguna dificultad.

Además del la de Murcia también hay otras dos reformas estatutarias tramitándose en el Congreso: por un lado, la de la Comunidad Valenciana, que se encuentra en fase de enmiendas, y, por otro, la de Canarias, cuyas enmiendas se están discutiendo ya en Ponencia.

Todos iguales ante la ley

En el texto de la reforma cántabra, los partidos subrayan la necesidad de modificar el Estatuto de la comunidad con el fin de eliminar la "prerrogativa" del fuero procesal especial para que todos los ciudadanos de Cantabria sean juzgados por los jueces o tribunales predeterminados por la ley.

Además, junto a la supresión del aforamiento, se plantea modificar el artículo 11 del texto estatutario, de forma que recoja que los diputados regionales "gozarán, aún después de haber cesado en su mandato, de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en actos parlamentarios y por los votos emitidos en el ejercicio de su cargo; y que durante su mandato no podrán ser detenidos ni retenidos sino en caso de flagrante delito, correspondiendo decidir sobre su inculpación, prisión, procesamiento y juicio a los jueces ordinarios predeterminados por la Ley".

Fuente: EP

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