CAPITAL
Actualizado 16/04/2019 17:50:04

Esta línea, que ya ha llegado a 76 sociedades tras su puesta en marcha, pretende fomentar la productividad y competitividad de los negocios.

Por quinto año consecutivo se han aprobado las bases para las ayudas económicas con el objeto de contribuir a la mejora de la imagen, la accesibilidad, la sostenibilidad y el ahorro energético a través de la implantación de nuevas medidas o equipos, y en definitiva, con el objeto de promover mejoras que ayuden a las pequeñas empresas a incrementar su productividad y competitividad.

Será requisito imprescindible tener un inmueble afecto a la actividad. Dicho inmueble (oficina, bajo, local, etc) donde se realice la actividad debe estar ubicado en el término municipal de Soria y tendrá entidad independiente, no pudiendo ser parte de una vivienda familiar o espacio compartido con otra empresa preexistente. Las empresas beneficiarias deberán llevar desarrollando actividad de atención al público de manera continuada durante al menos un año en la fecha de presentación de la solicitud.

A estos efectos, la fecha que se tendrá en cuenta es la de la presentación en el registro administrativo de la comunicación de inicio de actividad o declaración responsable de inicio de actividad, en su caso. Se considera microempresa, a efectos de estas bases aquellas con menos de 10 trabajadores en la misma actividad para la que se realiza la solicitud. Se deberá mantener la misma actividad durante un periodo mínimo de 1 año desde el momento de la ejecución de la inversión subvencionada.
Los conceptos subvencionables son los siguientes:

Mejora de la imagen del establecimiento: Actuaciones destinadas a la incorporación, sustitución o renovación de elementos para la mejora de la imagen del establecimiento consistentes en:

- Adquisición de equipamiento y mobiliario del establecimiento, siempre que suponga una mejora en la imagen comercial del mismo por renovación, deterioro u obsolescencia del existente.

- Pequeñas obras de remodelación y decoración en suelos, paredes y/o techos

- Mejoras en la imagen del escaparate del establecimiento, ya sea mobiliario, iluminación, etc

- Mejoras en la imagen exterior del establecimiento, ya sea en la fachada o en el letrero o rótulo comercial por renovación o deterioro del existente.

- Se incluyen las inversiones contempladas anteriormente por traslado o ampliación del local del establecimiento siempre que suponga una mejora desde el punto de vista comercial para el mismo.

Mejora de la accesibilidad, entendiendo por tal la adecuación física, exterior o interior, del establecimiento destinada a la mejora de la accesibilidad y la supresión de barreras arquitectónicas.
Mejora de la sostenibilidad y/o ahorro energético, como iluminación de bajo consumo, instalación o sustitución de aparatos de climatización por aparatos tipo A, etc.
La cuantía de la subvención es de un 60% del total de la inversión aprobada por esta Administración. De la inversión presentada por los beneficiarios se determinará una inversión aprobada, cuya cuantía se calculará detrayendo los gastos que se consideren no subvencionables. Se establece que la cuantía de la inversión aprobada y posteriormente justificada sea al menos de 600 euros. El límite máximo de la subvención por empresa será de 1.500 euros, límite que afecta a todas las instalaciones o establecimientos que pudieran disponer para la actividad.

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