Se le imputa un delito de falsedad en documento oficial, en la modalidad de simulación en el vehículo que conducía.
Agentes de la Guardia Civil de la Comandancia de Soria investigan a R.G.S., de 35 años de edad, vecino de la localidad de Bargas (Toledo), como presunto autor de un delito de falsedad documental en la modalidad de simulación por la supuesta manipulación fraudulenta del tacógrafo del vehículo camión que conducía.
El fin de este tipo de actuaciones es falsear los registros para eludir los controles policiales y administrativos. Los hechos se descubrieron a las 12:23 horas del día 16 de febrero de 2020, en un control de transportes con motivo de la Campaña ECR-TISPOL sobre manipulación de aparatos de control (tacógrafos) y control de los tiempos de conducción y descanso de los conductores de camiones y autobuses.
Al proceder a la parada y control del vehículo que conducía el investigado, en la carretera comarcal CL-101, se pudo comprobar, tras la inspección y al extraer el ticket de control del tacógrafo que éste registraba tiempos de descanso cuando en realidad se hallaba en movimiento, estaba siendo conducido.
Al sospechar que el tacógrafo pudiera estar manipulado, los agentes realizaron una inspección más exhaustiva sobre el mismo y sus elementos y hallaron un imán colocado en la parte metálica del sensor de movimientos del tacógrafo.
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que considera que constituye delito de falsedad en documento oficial, en la modalidad de simulación, la manipulación fraudulenta del tacógrafo de un vehículo con la finalidad de falsear los registros de dicho instrumento para eludir los controles policiales y administrativos.
El tribunal afirma que los registros del tacógrafo son documentos oficiales que tienen efectos jurídicos-penales. Así, señala que la información almacenada en la memoria interna del tacógrafo constituye un documento electrónico, y los recibos o tickets que se expiden para obtener la información registrada son copias del citado documento, por lo que la naturaleza oficial del documento resulta indiscutible y su reconocimiento es admisible a dichos efectos.
Las inspecciones de los tiempos de conducción y descanso de los conductores de los vehículos articulados son muy importantes por varios factores. El primero, por la seguridad vial de todos los usuarios de la vía. El conductor de un vehículo articulado debe circular en condiciones óptimas sin cansancio, que es un elemento que influye gravemente en la atención a la conducción. Y, en segundo lugar, se protege la competencia desleal entre las diferentes empresas.
Esta es la primera investigación que se realiza en Soria tras la publicación de esta sentencia. Se instruyeron diligencias que fueron remitidas al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Soria.