En 24 horas el número de Expedientes de Regulación Temporales de Empleo solicitados en la provincia se incrementa en 17 pasando de 1.138 a 1.155.
La Junta ha recibido 30.118 solicitudes de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) de empresas con centro/s de trabajo en Castilla y León desde el lunes 16 de marzo hasta las 14 horas de hoy miércoles, día 8 de abril, en el contexto de la crisis del coronavirus COVID-19. Estos expedientes afectan a un número potencial de 167.804 trabajadores en la Comunidad.
A continuación se detalla el cómputo de los ERTEs que constan como presentados a efectos administrativos ante las nueve Oficinas Territoriales de Trabajo (OTT) y la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Empleo e Industria:
- Ávila: 1.769 ERTEs y 6.759 trabajadores.
- Burgos: 4.750 ERTEs y 31.983 trabajadores.
- León: 5.853 ERTEs y 20.255 trabajadores.
- Palencia: 1.657 ERTEs y 7.692 trabajadores.
- Salamanca: 3.888 ERTEs y 12.703 trabajadores.
- Segovia: 2.016 ERTEs y 9.172 trabajadores.
- Soria: 1.155 ERTEs y 6.381 trabajadores.
- Valladolid: 6.563 ERTEs y 28.945 trabajadores.
- Zamora: 1.973 ERTEs y 6.977 trabajadores.
- Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales: 494 ERTEs y 36.937 trabajadores.
La Junta de Castilla y León, a través de Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior, facilita una visualización de la evolución de los ERTEs recibidos por la autoridad laboral en la Comunidad y su impacto potencial sobre el empleo en el contexto de la crisis del coronavirus COVID-19. Puede consultarse aquí Enlace a la información actualizada sobre ERTES
NOTA ACLARATORIA: conforme a la normativa vigente, la autoridad laboral competente para tramitar estos expedientes de regulación es:
- Las OTT de Castilla y León, cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en una provincia.
- La Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta, en tres supuestos: cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de una provincia, pero tenga más de 200 trabajadores afectados; cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de dos o más provincias de Castilla y León; y finalmente cuando el procedimiento afecte a trabajadores que desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo situados en el territorio de dos o más comunidades autónomas, pero el 85 % de la plantilla de la empresa, como mínimo, radique en el ámbito territorial de Castilla y León y existan trabajadores afectados en la misma.
- El Ministerio con competencias en el ámbito laboral, cuando la empresa disponga de centros de trabajo en dos o más comunidades autónomas.