CASTILLA Y LEóN
Actualizado 14/08/2020 10:12:53

La ayuda puede ser solicitada por trabajadores que se hayan visto afectados por la crisis del Covid19 cuya base de cotización de contingencias comunes sea inferior a 1.600€ en empresas de menos de 250 trabajadores

Estas ayudas, tienen por objeto paliar el impacto económico en las personas trabajadoras y compensar la pérdida de poder adquisitivo de las personas trabajadoras que se encuentren en situación de expedientes de regulación de empleo, de suspensión de contratos de trabajo o reducción de la jornada, por causa de fuerza mayor, incluidos los fijos discontinuos, en el ámbito de Castilla y León como consecuencia de la crisis ocasionada por la COVID-19.

Las ayudas se articulan por concesión directa, atendiendo al orden de presentación. El plazo acaba este lunes 17 de agosto a las 14:00 horas. Laayuda está fijada en 7€ por jornada completa efectiva de suspensión del contrato por un máximo de 90 jornadas por persona.

Requisitos para solicitar la ayuda

  • Estar afectada por expediente de regulación de empleo de suspensión de contrato de trabajo o de reducción de la jornada, derivado de fuerza mayor, al amparo del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, y en aplicación del artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social de la COVID-19, así como por las posteriores modificaciones al mismo, y siempre que tengan lugar durante el periodo subvencionable del 14 de marzo de 2020 al 30 de junio de 2020.
  • También podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras con contrato indefinido fijo discontinuo, cuyos contratos hayan sido interrumpidos o que se encuentren en periodo de inactividad productiva, a la espera de la llegada de la fecha en la que procederá su llamamiento y reincorporación efectiva, aplazada como consecuencia de la crisis de la COVID-19 en los mismos términos que se recoge en el párrafo anterior.
  • Que la persona trabajadora preste sus servicios en un centro de trabajo ubicado en Castilla y León.
  • Que la empresa para la que venga prestando servicios la persona trabajadora no supere los 250 trabajadores.
  • Que la base de cotización de contingencias comunes, incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias, no supere los 1.600 euros o la cantidad proporcional en los supuestos de personas trabajadoras vinculadas a la empresa por contrato de trabajo a tiempo parcial, y en los casos en el que la persona trabajadora haya cotizado por un período de cotización inferior a un mes natural completo.
  • Tener reconocido por el Servicio Público de Empleo Estatal la prestación por desempleo derivada del expediente de regulación de empleo por fuerza mayor de suspensión de contratos de trabajo o reducción de la jornada que traiga causa por la COVID-19.
  • Que la persona trabajadora haya estado afectada por la suspensión o reducción de jornada, al menos, 45 días en el período subvencionable del 14 de marzo de 2020 al 30 de junio de 2020. A efectos del cálculo del número mínimo de días, en los períodos afectados por reducción de jornada sólo se computará el porcentaje no trabajado hasta alcanzar el correspondiente a una jornada completa.

Consulta aquí todos los detalles de la convocatoria y solicita tu ayuda

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