Los correspondientes juzgados dan luz verde íntegramente las órdenes de Sanidad para la contención de la COVID-19 en dichos municipios.
Los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Burgos, el n.º 2 de Salamanca y el n.º 3 de Valladolid han dictado hoy sendos autos, a través de los que se comunica las ratificaciones de las medidas preventivas sanitarias para la contención del COVID-19 adoptadas en el municipio burgalés de Sotillo de la Ribera; y de las prórrogas solicitadas para las acciones ya vigentes en las capitales salmantina y vallisoletana, respectivamente.
En su Auto, el titular de la sede judicial burgalesa confirma las actuaciones sanitarias previstas para Sotillo de la Ribera en su literalidad y para el plazo inicialmente previsto de catorce días que comenzó ayer y que, inicialmente se extenderá hasta el próximo 29 de septiembre.
Por su parte, tanto el magistrado del juzgado salmantino como el responsable de la sala vallisoletana también han revalido las prórrogas de siete días solicitadas por la Autoridad sanitaria autonómica de las medidas de contención de la pandemia por el SARS-CoV-2 en los municipios de Salamanca y de Valladolid; la continuidad de estas acciones preventivas está en vigor desde ayer, 16 de septiembre hasta el martes, 22 de septiembre inclusive.
Quedaría pendiente, por tanto, conocer la decisión judicial sobre la ratificación presentada por la Junta de Castilla y León de la orden correspondiente a Pesquera de Duero (Valladolid)
Todos los ciudadanos han de colaborar activamente en el cumplimiento de estas medidas con el fin de alcanzar el bien individual y colectivo de poner fin a la transmisión comunitaria del nuevo coronavirus SARS-CoV-2.
Su incumplimiento podrá constituir infracción administrativa sancionable, según establece el Decreto-ley 7/2020, por el que se establece el régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención para afrontar la crisis sanitaria por la pandemia de la COVID-19 en Castilla y León, con multas que, dependiendo de la catalogación de la infracción, oscilan entre los cien y los 600.000 euros.
Es imprescindible el compromiso y la responsabilidad individuales para con el cumplimiento de estas medidas y de cualquier otra obligación destinada a evitar la transmisión comunitaria y a prevenir la COVID-19, insistiendo en que todos y cada uno de los ciudadanos han de extremar la observancia de las medidas individuales (lavado frecuente de manos, distanciamiento físico interpersonal y uso obligatorio de mascarillas) y colectivas para frenar más contagios por SARS-CoV-2.