CAPITAL
Actualizado 17/11/2020 19:22:41

El acusado se halla en prisión después de unos hechos que se remontan a mayo de 2019.

La Audiencia Provincial de Soria ha ratificado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1, desestimando el recurso interpuesto por el condenado, a raíz de unos hechos que se remontan al 19 de mayo de 2019 y por los que ingresaba en prisión provisional cuatro días más tarde en función de un auto dictado el 30 de mayo de dicho año. La sentencia condenatoria en primera instancia se producía en enero de este 2020.

Según ha quedado probado en el proceso, el agresor se encontró en el portal de una calle de la capital con su víctima, y "guiado por el ánimo de menoscabar la integridad física" de esta, inició un forcejeo, a resultas del cual el agredido resultó con heridas en su mano izquierda, al tratar de sujetar el machete que portaba el primero. También en el forcejeo el lesionado recibió un golpe con esta arma en su espalda "rajándole la chaqueta de abrigo" que vestía en esos momentos.

La herida causada en la extremidad de la víctima tardó en curar 45 días, de los cuales 30 le impidieron desarrollar su vida laboral. Además, la herida causó como secuelas la limitación en la extensión de uno de los dedos de la extremidad dañada-

La Audiencia ha rechazado la presunción de inocencia que aducía el condenado al no existir pruebas para ello ya que la sentencia de primera instancia está avalada "por un variado cuadro probatorio de signo incriminatorio", lo que lleva a la culpabilidad del condenado y al existir "testimonio coherente y detallado mantenido por la víctima del suceso, relatando los hechos ocurridos, al tiempo que hace mención a los testigos presenciales valorando su credibilidad, y a los informes médicos de lesiones". Lesiones que por otro lado fueron "claramente defensivas y en absoluto accidentales".

Así las cosas la Audiencia ratifica la condena de pena de tres años, seis meses y un día de prisión al agresor así como también a indemnizar a la víctima con 11.275 euros. Igualmente se incluyen los gastos de asistencia médica por una cuantía 101,41 euros que deberá abonar al Sacyl, junto con el pago de las costas del juicio.

Contra esta resolución no cabe recurso ordinario, salvo de casación ante el Tribunal Supremo.

Leer comentarios
  1. >SoriaNoticias
  2. >Capital
  3. >La Audiencia confirma la condena a un hombre por atacar a otro con un machete en un portal