CASTILLA Y LEóN
Actualizado 25/11/2020 19:01:38

Esta decisión entrará en vigor a partir de las 00 horas del viernes 27 de noviembre y ha sido posible gracias a la mejoría de los indicadores epidemiológicos por infección SARS-CoV-2.

La Junta de Castilla y León, reunida hoy en Consejo de Gobierno, ha acordado levantar las medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional para las provincias de Ávila y Segovia. Esta decisión entrará en vigor a partir de las 00 horas del viernes 27 de noviembre, y ha sido posible gracias a los buenos resultados epidemiológicos por infección del nuevo coronavirus SARS-CoV-2 registrados en ambas provincias.

Esta eliminación de las medidas excepcionales se concreta en la vuelta a las actividades de restauración, tanto en interiores como en terrazas; la reapertura al público de los grandes establecimientos comerciales definidos en el artículo 15 del texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León, así como comercios de más de 2.500 metros cuadrados; y la reapertura al público de instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física que no sean al aire libre, con asistencia de público en aquellos casos en los que está permitido.

No obstante, Ávila y Segovia permanece en nivel 4 de alerta pandémica. Por lo que seguirán en vigor las medidas ordinarias propias de ese nivel.

En el caso de la hostelería y restauración, se recuerda que el consumo dentro del local no se podrá efectuar en barra o de pie y deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas, no pudiendo superarse el 33 % del aforo. Se limitará la ocupación máxima de mesas o agrupaciones de mesas a 6 personas. En todo caso, la distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas será de 1,5 metros en terrazas al aire libre, y de 2 metros en el interior de los establecimientos. Las terrazas se podrán abrir con el 75 % del aforo.

Las grandes establecimientos comerciales abrirán con un aforo máximo de 1/3, y se mantendrá el horario establecido por el estado de alarma (RD 926/2020).

Para el deporte en establecimientos cerrados es obligatoria la mascarilla (excepto para competiciones oficiales) y desarrollo de deporte sin contacto físico, excepto deportistas profesionales, de alto nivel o de alto rendimiento. El aforo máximo será del 33 %.

Cierre perimetral conjunto en ambas provincias

Junto a la relajación de las medidas en hostelería, centros comerciales y centros deportivos, el presidente de la Junta de Castilla y León ha aprobado un Acuerdo que establece la limitación de la entrada y salida del territorio comprendido en el perímetro conjunto de las provincias de Ávila y Segovia, con el objetivo de proteger a su población y reducir el riesgo de contagios procedentes de otras provincias.

Estas limitaciones de entrada y salida del perímetro conjunto de las provincias de Ávila y Segovia tendrán su excepción en aquellos desplazamientos debidamente justificados como son la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales; asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil; retorno al lugar de residencia habitual o familiar; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, entre otros.

No se produce ningún cambio en cuanto al cierre perimetral de la Comunidad de Castilla y León, por lo que se mantiene la situación actual.

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