CASTILLA Y LEóN
Actualizado 21/01/2021 09:39:58

La Junta de Castilla y León ha modificado el documento de aplicación de las medidas restrictivas extraordinarias.

El debate estaba en la calle desde que la Junta de Castilla y León anunció el adelanto del toque de queda (limitación de la movilidad nocturna) a las 20:00 horas. Los dueños de animales de compañía reclaban una excepción a la norma para que sus mascotas pudiesen salir a la calle para realizar sus necesidades.

La Junta ha respondido a la petición y en la tarde de este miércoles ha modificado el documento de aplicación de las medidas restrictivas extraordinarias. De esta forma, los animales de compañía podrán salir a la calle más allá de esa hora, pero ellos y sus dueños también deberán acogerse a una serie de condiciones.

La primera de ellas es que el único animal que podrá disfrutar de estos paseos nocturnos será el perro. Pues solo a ellos se hace referencia en las excepciones al Nivel 4 de alerta que se incluyen en la Guía de Aplicación por Niveles de Castilla y León.

Sacar al perro para que haga sus necesidades más allá de las 20:00 se considera una situación de necesidad o análoga pero deberán respetarse los siguientes puntos:

1) El tiempo de permanencia en la vía o espacio público no puede superar los treinta minutos, tiempo suficiente para atender la situación de necesidad (satisfacción de las necesidades fisiológicas del animal).

2) La salida debe realizarse en las inmediaciones del domicilio de residencia del animal (distancia no superior a 500 metros de dicho domicilio).

En el archivo adjunto se puede consultar la Guía de Aplicación por Niveles de Castilla y León completa.

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