El presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, ha firmado esta mañana un acuerdo por el que se deja sin efecto la limitación de la entrada y salida de personas del territorio de cada una de las provincias de la Comunidad, por lo que, a partir del próximo sábado estará permitida la movilidad entre las provincias.
Desde las 00.00 horas del próximo sábado la movildiad entre provincias volverá a estar permitida, dejando sin efecto el Acuerdo del pasado 15 de enero que establecía esta limitación. Por tanto los viajes entre las 9 provincias estarán permitidos. Estas nuevas circunstancias se podrán modular, flexibilizar o suspender con el alcance y ámbito territorial que se determine en función de la evolución de los indicadores sanitarios y epidemiológicos de cada momento.
El vicepresidente Igea señala que esta medida se toma porque "la incidencia continúa descendiendo a buen ritmo". Señala que las restricciones eliminadas son "mínimas" y que se irán quitando restricciones "poco a poco y con prudencia". El portavoz de la Junta indica que el próximo lunes habrá un nuevo consejo para tomar decisiones sobre las medidas en vigor. Explica Igea que la situación muy similar entre todas las provincias lleva a levantar el cierre perimetral provincial.
Ante el actual escenario de la situación epidemiológica de Castilla y León, y según las estimaciones sanitarias, el acuerdo firmado por el presidente de la Comunidad esta mañana, establece la conveniencia de ponderar la intensidad de las medidas relativas a las limitaciones en espacios de culto, estableciendo parámetros que equilibren esas restricciones en función de la dimensión de esos lugares, y se fija la posibilidad de alcanzar un tercio del aforo. En cualquier caso, siempre se deberá cumplir con las medidas de higiene y control precisas, establecidas en el acuerdo 76/2020, de 3 noviembre que recoge los siguientes aspectos:
Diariamente deberán realizarse tareas de limpieza y desinfección de los espacios dedicados al culto y de manera regular se reforzará la desinfección de los objetos que se tocan con mayor frecuencia, así como las tareas de ventilación.
Se organizarán las entradas y salidas para evitar aglomeraciones de personas en los accesos e inmediaciones de los lugares de culto.
Se pondrá a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida, debidamente autorizados y registrados, en lugares accesibles y visibles y, en todo caso en la entrada del lugar de culto. Dichos dispensadores deberán estar siempre en condiciones de uso.
No se permitirá el uso de agua bendecida y las abluciones rituales deberán realizarse en casa.
Se facilitará en el interior de los lugares de culto la distribución de los asistentes señalizando, si fuese necesario, los asientos o zonas utilizables en función del aforo permitido en cada momento.
En los casos en los que los asistentes se sitúen directamente en el suelo y se descalcen antes de entrar en el lugar de culto, se usarán alfombras personales y se situará el calzado en los lugares estipulados, embolsado y separado.
Se limitará al menor tiempo posible la duración de los encuentros o celebraciones.
Durante el desarrollo de las reuniones o celebraciones se deberá evitar el contacto personal así como tocar o besar objetos de devoción u otros objetos que habitualmente se manejen.
Por último, en el caso de actuaciones de coros durante las celebraciones, estos deberán situarse a más de 4 metros de los asistentes y mantener distancias de seguridad interpersonales entre los integrantes, así como usar la mascarilla en todo momento.