Las interrupciones voluntarias del embarazo se derivan a otras provincias desde hace 31 años.
La decisión de ser madre es una de las más trascendentales en la vida de cualquier mujer, se medita durante meses o, incluso, años para encontrar el momento perfecto en lo personal, laboral, familiar y psicológo. En el lado opuesto, la decisión de no ser madre, es decir, de interumpir voluntariamente el embarazo, es más complicada todavía.
En España existen dos fechas clave en lo relativo a las interrupciones voluntarias de embarazo (IVE). En 1985 se despenalizó el aborto inducido en tres supuestos: riesgo grave para la salud física o mental de la mujer embarazada (supuesto terapéutico), violación (supuesto criminológico) y malformaciones o taras, físicas o psíquicas, en el feto (supuesto eugenésico). En 2010 se promulgó en España la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, que despenalizaba la práctica del aborto inducido durante las primeras 14 semanas del embarazo.
Desde entonces y hasta la actualidad cualquier mujer puede libremente decidir interrumpir su embarazo antes de la semana 14 de embarazo. Los últimos datos, de 2019, señalan que se practicaron 99.149 interrupciones, un 3,37% más que el año anterior.
Según lo ya mencionado, en teoría las mujeres tienen total derecho en España a decidir sobre su embarazo, pero en la práctica hay muchos territorios donde las trabas se multiplican de forma escandalosa. Concretamente, las mujeres de Soria deben desplazarse a otras provincias de Castilla y León u otras comunidades de España para poder ejercer este derecho.
Según un reportaje de Noemí López y Alba Martín publicado en Newtral, en la provincia de Soria no se practica un aborto desde hace 31 años. El testimonio del ginecólogo Roberto Lertxundi, que se incluye en un reportaje de la EITB, hace referencia explícita al viaje que deben afrontar las sorianas hasta Valladolid para poder ejercer el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo porque, aunque se tratra de un servicio público que debería estar garantizado en los hospitales públicos, en la provincia se acogen al derecho a la objeción de conciencia de los médicos.
Roberto Lertxundi afirma que "la objeción de conciencia es un derecho que debería darse por anticipado y por escrito", es decir, que en los hospitales debería existir un listado con los médicos objetores . La ley, en concreto el artículo 19 establece lo siguiente: “El rechazo o la negativa a realizar la intervención de interrupción del embarazo por razones de conciencia es una decisión siempre individual del personal sanitario directamente implicado en la realización de la interrupción voluntaria del embarazo, que debe manifestarse anticipadamente y por escrito”.
Por el contrario, en la mayoría de hospitales de Castilla y León "se toman decisiones de carácter colectivo por los jefes de servicio, algo que es ilegal", denuncia Lertxundi y añade que "el derecho a objeción nunca puede estar por encima de la prestación".
Tal y como denuncia el blog La Plaza, solo un hospital en Castilla y León practica IVE, el Santiago Apóstol (Miranda de Ebro). "Para garantizar el servicio, la Junta de Castilla y León ha optado por externalizar el servicio, derivándolo a clínicas privadas con las que se ha establecido un concierto", señalan en la entrada '¿Tenemos un derecho efectivo al aborto en Castilla y León?'.
Las sorianas que se someten a una IVE lo tienen que hacer en clínicas de Madrid, Zaragoza o Valladolid. Un viaje de más de 200 kilómetros que puede convertirse en un auténtico infierno para las mujeres. Se combinan múltiples factores entre los que destacan el miedo ante un tratamiento del que poco se habla y menos se conoce, la disyuntiva de creer que se está obrando de forma incorrecta por todo el oscurantismo que rodea a la decisión y otros temores derivados de la situación propia de cada caso. Un cúmulo de sentimientos que además se entremezclan con las hormonas en despegue.
La decripción del blog La Plaza resulta muy apropiada: "Todo esto va directamente relacionado con el estigma que supone, incluso hoy en día, abortar. Se obliga a las mujeres a trasladarse lejos de su casa para evitar que alguien las reconozca y sepa lo que han hecho. Se las codifica bajo un número para proteger su anonimato. No se registra en la historia clínica del paciente. Con un poco de suerte, las mujeres que aborten podrán reincorporarse a su vida cotidiana a media tarde, cerrando un capítulo de sus vidas del que parece que deberían avergonzarse y ocultar para siempre".
Las Cortes de Castilla y León acordaron en junio de 2020 que la sanidad pública de esta comunidad (Sacyl) garantice la práctica de abortos en sus hospitales, con la única limitación de la objeción de conciencia de los sanitarios, aunque algunos grupos lamentaron que el registro de profesionales lleve diez años sin actualizar, lo que en la práctica limita el alcance de este acuerdo.
Así pues, las mujeres de la comunidad siguen teniendo derecho al aborto libre, pero enmarañado por multitud de trabas.