CASTILLA Y LEóN
Actualizado 18/05/2021 10:03:36

El Tribunal de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) determina una indemnización de 80.000 euros para los familiares de la fallecida.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos ha condenado a la Diputación de esta provincia por la muerte de una anciana tras caer por unas escaleras en una residencia de la que es titular la institución.

Los magistrados confirman la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de la capital, que reconoció el derecho de los familiares de la difunta a ser indemnizados con 80.000 euros por el "deficiente funcionamiento de los servicios" prestados en el centro de mayores donde murió la anciana en marzo de 2017 al caer por las escaleras del edificio que se hallaban a escasos metros del ascensor después de que una trabajadora la dejara sola en el rellano cuando se dirigían al comedor para ir al desayuno.

La Sala, a la vista de las fotografías aportadas, considera que la anciana fue puesta en peligro no sólo el día del accidente. "A la vista de la situación descrita, escaleras próximas a la puerta del ascensor y puerta de acceso a las escaleras abierta, no es difícil representarse que lo ocurrido el día 16 de marzo de 2017 podía suceder y, desde luego, oponer que Dª. Celia entendía la situación y era obediente y que se le decía que no se moviera y no se movía, no es una medida de cuidado adecuada para evitar el peligro de precipitación por las escaleras, máxime, cuando se indica que Dª. Celia presentaba, además del grave déficit de agudeza visual por glaucoma, un deterioro cognitivo propio de la edad (92 años), pues la eficacia de la medida no deja de depender de la conducta de una persona dependiente".

La sentencia, que ya es firme al haber expirado el plazo sin que ninguna de las partes haya recurrido ante el Tribunal Supremo, señala que "una medida de cuidado adecuada para evitar un suceso como el ocurrido, si se iba a dejar solo a un residente que presentaba las limitaciones indicadas, es impedir el acceso a las escaleras por las que se precipitó Dª. Celia, si este acceso se podía impedir, sobre lo que nada dice la Administración demandada".

La Sala, que confirma la nulidad de la resolución de la Diputación que negó la indemnización a los hijos y nietos de la fallecida, concluye que "lo que queda fuera de toda duda es la falta de medidas para evitar un resultado dañoso como el que tuvo lugar en este caso, pues una residente fue puesta en una situación de peligro que no quedaba eliminada por el hecho de que nunca hubiera hecho la residente como hizo el día en que se produjo la precipitación, pues esto no supone que lo que no es seguro se convierte en seguro, máxime en una residencia de personas mayores, donde deben extremarse las medidas de seguridad o de cuidado".

Los familiares de la anciana reclamaban una indemnización de 130.000. La Diputación se negó a resarcirles por considera que no había responsabilidad de la administración. El Juzgado de lo Contencioso administrativo les reconoció el derecho a percibir 80.000. Y ahora, la Sala, confirma esa resolución.

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