CASTILLA Y LEóN
Actualizado 07/06/2021 15:46:07

La guía de la Junta explica qué eventos de las fiestas populares pueden realizarse y cuales necesitan autorización expresa. Averiguamos cómo puede tocar y ensayar una charanga y resolvemos algunas de las incógnitas del sector del turismo.

Castilla y León se encuentra en nivel 2 de alerta Covid. Poco a poco la región va viendo el final de esta pandemia gracias a una vacunación con un 30% de la población ya inmunizada y más del 46% de los castellanos y leoneses habiendo recibido al menos una dosis. Los buenos datos y las ganas que tenemos todos de recuperar la normalidad hacen que muchos nos planteemos cómo se pueden realizar actividades que hasta hace solo unas semanas eran impensables. Pues bien, la guía práctica de la Junta ofrece respuestas para fiestas patronales, charangas, eventos sociales o algunas de las dudas del sector del turismo.

Fiestas populares

Las fiestas populares ocupan 2 páginas en la guía de la Junta. Francisco Igea señalaba que ya ha trasladado a los alcaldes que todo lo que se organice debe ser sentado y sin beber, comer o fumar en las zonas comunes. Aun así, hay algunas aclaraciones interesantes.

No está permitido un pasacalle musical. Un evento como un campeonato de bolos o de tanguilla solo podrá producirse con una autorización expresa tras ser evaluado el riesgo sanitario por parte del Servicio Territorial de Sanidad de la Junta. Como norma general está prohibido.

Los encierros como norma general también están prohibidos, al propiciar aglomeraciones de gentes en la vía pública. Pese a producirse en espacios cerrados, también están prohibidas las capeas o vaquillas. Tampoco están permitidas, pues se pueden convertir en eventos multitudinarios, las paelladas o chocolatadas pues, pese a realizarse estás al aire libre constituyen un evento multitudinario.

En el caso de una misa campera el aforo a cumplir es del 50% sin límite máximo de personas. Con carácter general están prohibidas las romerías y todo tipo de procesiones. Podría permitirse con un informe del Servicio Territorial de Sanidad.

Si están permitidos los fuegos artificiales, siempre y cuando se organicen, por ejemplo, en un lugar apartado que permita a los vecinos verlos sin necesidad de desplazarse y evitando así las aglomeraciones en los lugares cercanos a su lanzamiento.

Una verbena popular se puede celebrar, sin necesidad de autorización de sanidad previa. Para ello, y suponiendo que es al aire libre, sin entradas numeradas y sin asientos preasignados, las indicaciones son. Delimitar el espacio, aforo máximo de 500 personas respetando la distancia de seguridad de 1,5 metros. El documento de la Junta no lo aclara, pero se presupone que se trataría de un espacio donde la gente debería estar sentada y sin posibilidad de consumir.

Charangas y orquestas

La guía resuelve gran parte de las dudas que asolaban a las agrupaciones musicales no profesionales. Es posible que se reúnan para ensayar, incluso siendo más de 15 personas, siempre respetando la distancia de seguridad y siendo obligatorio el uso de mascarilla (se entiende que cuando sea posible). Pueden realizar conciertos y/o espectáculos si se atienen a las normas de cines, teatros y auditorios. Esto es 75% del aforo con asientos numerados y 50% (máximo 250 personas en cerrado y 500 al aire libre) si los asientos están sin asignar. En cualquier de los casos estas actuaciones deben ser en espacios acotados y con el público sentado.

Así, por ejemplo, una charanga, grupo u orquesta podría dar un espectáculo musical en una terraza de hostelería siempre que se establezca 1,5 metros de distancia entre los artistas y el público.

Para realizar un festival que combine actividad musical y de hostelería se deberán diferenciar dos zonas. En la de público del concierto no se podrá comer, beber ni fumar. Las zonas, además, deberán ser independientes y solo comunicarse en los descansos.

Bodas, Bautizos y Comuniones

Con el fin del estado de alarma no hay limitaciones de aforo en los templos, más allá de lo resulte necesario para guardar la distancia interpersonal. Si el evento el laico y no se realiza en un lugar de culto el aforo estará limitado al 33% en espacios cerrados y al 50% al aire libre. En la actividad de restauración posterior los límites son los propios del establecimiento de hostelería. Esto es 75% del aforo al aire libre, 50% en locales cerrados cuando haya más de 60 comensales. Mesas de máximo 10 personas, prohibido consumir de barra o de pie y prohibidos los bufets. Podría tocar una orquesta, pero los asistentes deben permanecer sentados y si hay hinchables estos deben usarse individualmente o por grupos de convivencia.

Una pachanga con los amigos

La guía ejemplifica algunas de las contradicciones que se dan cuando hay que marcar límites numéricos. Como las actividades físicas y deportivas no oficiales cuentan con un máximo de 15 personas al aire libre, un grupo de amigos puede alquilar un campo de fútbol para echar un partidillo de fútbol 7, pero no de fútbol 11. Así lo recoge la guí

Otras aclaraciones

En el caso tanto de las actividades de turismo activo como de las visitas guiadas pueden participar 15 personas como máximo, incluyendo los monitores o guías.

Las casas rurales de alquiler íntegro pueden alquilarse. Si los huéspedes son del mismo grupo convivencial (una familia) el aforo es el total del establecimiento. Si corresponden a dos grupos de convivencia el aforo máximo será de 10 personas. En ningún caso está permitida el alquiler de una casa rural a más de 2 grupos de convivencia.

¿Cuándo puede una gasolinera, el bar de la estación o un área de servicio atender clientes más allá de la 1 de la noche? Solo cuando el cliente al que atienda sea un profesional del trasporte (camionero) o viajeros en tránsito que utilicen un trasporte colectivo (autobús) tanto regular como discrecional que cuente con paradas técnicas establecidas. Es decir, no podrían atender a particulares que viajen en su vehículo más allá de las 01:00

¿Se pueden hacer conciertos en los cafés teatros? Sí. Si las entradas son numeradas y con asientos pre asignados el aforo será del 75%. Si no el aforo será máximo del 50% con un máximo de 250 personas en espacios cerrados y 500 al aire libre. En cualquiera de los casos se debe mantener el asiento vacío o el metro y medio de distancia entre grupos de convivencia.

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