La convocatoria para la concesión de subvenciones frente al impacto económico y social de la COVID-19 permanecerá abierta hasta el próximo 28 de junio, para dotar de liquidez a las entidades deportivas.
La Consejería de Cultura y Turismo publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León del pasado 7 de junio la convocatoria para la concesión de subvenciones, destinadas al sostenimiento y reactivación del sector deportivo de la región frente al impacto económico y social de la COVID-19. Hasta el momento, han sido 212 las solicitudes recibidas para esta línea de ayudas, convocadas para dotar de liquidez a personas o entidades titulares de instalaciones deportivas o escuelas y servicios de perfeccionamiento del deporte, que están pasando dificultades económicas por la falta de ingresos en el sector como consecuencia del cierre de sus centros e instalaciones deportivas, derivado de las medidas adoptadas por la crisis sanitaria.
Las solicitudes presentadas se encuentran pendientes de comprobación, ante la Agencia Tributaria y Seguridad Social, del cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria para poder comenzar a tramitar el pago de las ayudas.
El plazo de presentación de las solicitudes para acceder a esta línea de subvención permanecerá abierto hasta el 28 de junio. La Consejería ha implementado un procedimiento ágil y simplificado para la tramitación de las solicitudes con la menor carga burocrática para los solicitantes, utilizando siempre que sea posible la fórmula de la declaración responsable. En todo el procedimiento es obligatoria la tramitación electrónica.
Beneficiarios de las ayudas
Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones autónomos, pequeñas, medianas o micro empresas en los términos en que las define el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión Europea, que en nombre propio, de manera habitual y con ánimo de lucro, ejercen su actividad económica en Castilla y León como titulares de instalaciones deportivas o escuelas y servicios de perfeccionamiento del deporte que se hayan visto afectadas por la suspensión temporal de apertura al público de sus instalaciones o centros deportivos y siempre que, a fecha 25 de octubre de 2020, se encontraran dadas de alta como actividad económica clasificada en alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas: escuelas y servicios de perfeccionamiento del deporte; instalaciones deportivas; otras actividades de enseñanza, tales como idiomas, corte y confección, mecanografía, taquigrafía, preparación de exámenes y oposiciones y similares, N.C.O.P.; enseñanza de formación y perfeccionamiento profesional, no superior; personal docente de enseñanzas diversas, tales como educación física y deportes, idiomas, mecanografía, preparación de exámenes y oposiciones y similares.
La cuantía de las subvenciones para cada beneficiario, con un mínimo de 1.000 euros y un máximo de 4.000 euros, se establece en función del número de personas trabajadoras vinculadas a cada centro o instalación deportiva o escuela o servicio de perfeccionamiento del deporte titularidad del beneficiario, afectados por la suspensión temporal de apertura al público, que se encontraran en situación de alta en la Seguridad Social a fecha de 25 de octubre de 2020.