Sede del Procurador del Común.


CASTILLA Y LEóN
Actualizado 28/06/2021 12:01:04

Da la razón a UGT las medidas a adoptar durante la situación de crisis sanitaria por COVID-19 en los centros de trabajo dependientes de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El Procurador del Común ha dictado una Resolución por la que ha estimado las quejas de 990 trabajadores de la Gerencia de Servicios Sociales, tras una campaña promovida por UGT Servicios Públicos de Castilla y León, y que obliga a la Gerencia de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León a que "valore la aplicación del Acuerdo 32/2020, de 2 de julio, a los trabajadores de dicha Gerencia" y negocie dicha aplicación con la representación de los trabajadores.

En la organización sindical explican que dicho Acuerdo, que regula las medidas a adoptar durante la situación de crisis sanitaria por COVID-19 en los centros de trabajo dependientes de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, excluía expresamente de dichas medidas "los centros de servicios sociales dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales". Dicha exclusión dejaba a un importante número de empleados públicos, "casualmente a aquellos que desempeñan funciones en centros de alto riesgo de contraer la enfermedad, fuera de acuerdos y
compensaciones que hagan una equitativa aplicación de la norma", según afirman en el sindicato.

Ahora, mediante esta Resolución, el Procurador del Común, insta a la Junta a que proceda a negociar dichas medidas para este personal, igual que se hizo en su momento para el resto de los empleados públicos de la Administración Autonómica. Por su parte, UGT ya ha solicitado, tanto a la Dirección General de la Función Pública como a la Gerencia de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León, que se proceda a convocar de forma urgente a los agentes sociales para iniciar dicha negociación. El sindicato ha anunciado además que solicitará que todos aquellos beneficios inherentes al Acuerdo 32/2020 que se han pactado para el resto de trabajadores deberá ser aplicado con carácter retroactivo y compensatorio para los empleados de la dicha Gerencia.

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