CAPITAL
Actualizado 13/07/2021 19:25:44

Ricardo Mínguez Izaguirre, doctor ingeniero de Caminos y urbanista analiza la situación por la que pasa este área ante la posibilidad de su urbanización.

El doctor ingeniero de Caminos y urbanista Ricardo Mínguez Izaguirre remite una carta a la redacción de Soria Noticiasw en la que muestra su parecer al problema "permanente" sobre la urbanización del Cerro de los Moros, una vez celebrado el Consejo de Urbanismo del 30 de junio pasado. Un extenso artículo de opinión en el que desgrana la actualidad sobre este asunto.

Literalmente, tras el encabezado 'Ahora o nunca. El Ayuntamiento frente a la verdad', sus argumentos quedan expuestos así:

"El pasado día 30 de junio se celebró, ¡al fin!, el tan reclamado Consejo Municipal de Medio Ambiente y Urbanismo (en lo sucesivo Consejo) para la anunciada presentación del acuerdo que, ¡al fin!, habían cerrado Ayuntamiento y propiedad mayoritaria de los terrenos del Sector Cerro de los Moros. Ya el 19 de mayo el Alcalde anunció que, tras largos meses de negociación con la propiedad, el acuerdo era inmediato, y el 14 de junio se fijó la fecha del Consejo “para informar del acuerdo que se alcance con la propiedad” (Pleno de febrero de 2021.) Según declaraciones del concejal de Urbanismo el Ayuntamiento entregó a la propiedad una propuesta de nueva ordenación del Sector que recogería las demandas de la ciudadanía y estaban a la espera de su respuesta.

La respuesta-propuesta de la propiedad

Y, ¡por fin!, llegó el esperado 30 de junio, por fin llegó el tan demandado Consejo de Urbanismo. Pero, ay, sorpresa, que hay sorpresa: la propiedad presenta unos cromos a los que califica de propuesta y que no atienden a la, por otra parte desconocida para el Consejo, propuesta municipal. “Meses de negociaciones”, “diálogo permanente con la propiedad”, para llegar a una aparente concesión consistente, en resumen y con la limitadísima información facilitada al Consejo, en lo siguiente:

Se mantiene la edificabilidad total máxima permitida por el PGOU (1.361 viviendas) y se concentra en el paraje de Valobos. La propiedad es inflexible en este punto: no van a renunciar a la edificabilidad que prevé el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). Ni siquiera atienden a la petición del Ayuntamiento, en carta del Alcalde, de reducir el coeficiente de edificabilidad de 0,65 m2/m2 (1.361 viviendas) a 0,50 m2/m2 (1.047 viviendas.) El cambio consiste en pasar a Valobos las 374 viviendas que antes se situaban en el lado Este del vial principal, proyectando ahora bloques de 5 plantas para dar cabida a las 1.361 viviendas. No se enmienda “el error histórico de un exceso de edificabilidad absolutamente insoportable para ese espacio” ni la “barbaridad de edificabilidad” prevista en el PGOU (declaraciones del Alcalde en mayo de 2021.) Primer jarro de agua fría, primer fracaso de la gestión municipal.
En teoría, con lo anterior se liberaría de urbanización y edificaciones el resto de los terrenos, el 82% del total del Sector -dice la propiedad-, que pasaría a ser de titularidad pública cuando se materialice el proyecto. Y esta parece ser para el Alcalde la primera gran victoria: se garantiza la propiedad municipal del 82% del suelo, asegurando así su permanente protección frente al afán urbanizador. Si, pero… como luego se verá.
El terreno situado al Este del vial principal que antes se destinaba a las anteriores 374 viviendas trasladadas de nido y a equipamientos públicos (centro de salud, escuela, polideportivo, etc.), se califica ahora para esta última finalidad y, dice la propiedad, el Ayuntamiento decidirá si hace o no esos equipamientos. Claro, que esos equipamientos requieren urbanización y edificios adecuados, sin los cuales no tendría sentido la construcción del nuevo barrio de 1.361 viviendas, esto es, para unos 4.100 vecinos, población que casi iguala al Burgo de Osma (5.038 vecinos.)
Se propone la supresión del vial que figura en el PGOU y que atravesaría el cerro del Castillo. Esta propuesta contaba ya con el consenso de tirios y troyanos por la agresión que supondría para el paisaje, amén de su nula funcionalidad.
Se mantiene el vial Norte- Oeste de enlace con la zona de Los Pajaritos como sistema general, con su financiación y construcción a cargo del Ayuntamiento. Se carga a éste la obligación de construir la única calle de acceso al nuevo barrio, además de no facilitar ni una estimación de su coste económico.
El impacto en el paisaje a proteger sería mínimo, afirma la propiedad, tanto para observadores situados en la orilla izquierda del Duero como en el mirador del Castillo.

La propiedad no aportó al Consejo ninguna documentación que permitiera el estudio más detallado de la propuesta, según ella misma porque no habían tenido tiempo de elaborarla, ya que la propuesta se cerró uno o dos días antes. ¿Y han sido precisos largos meses de negociación para llegar a tan insignificante cambio de la propuesta contenida en la Modificación Puntual del PGOU presentada en 2019?

Estos son los ingredientes de la nueva propuesta que formula la propiedad, según el Alcalde desconocida hasta esa misma tarde por el equipo de Gobierno municipal, y que el concejal de Urbanismo se apresuró a aplaudir de inmediato como la solución al importante problema que Soria tiene planteado en el Cerro de los Moros, ya que -son sus palabras- “contó con el beneplácito de la inmensa mayoría del Consejo, que vio una oportunidad de recuperación del 80% del terreno para el Ayuntamiento”, y que, además, “tiene un impacto de nada o casi nada desde San Saturio y el Castillo” (declaraciones a Radio Nacional el día 1 de julio).

El Consejo de Urbanismo

Sobre las intervenciones (verbales) habidas en el Consejo el diario digital El Mirón de Soria publicó un extenso resumen el día 4 de julio, en el que, lamentablemente, no se recogían las intervenciones del representante de la Asociación Sostenibilidad y Patrimonio Cultural (que dijo que es importante definir el equipamiento público, qué elementos y dónde van a ir) ni de la representante de Amigos del Museo Numantino (que dijo, entre otras cosas, que no podía valorar el nuevo proyecto al no estar desarrollado.)

En el Pleno, además de un incompleto estudio paisajístico, la propiedad presentó únicamente un dibujo-esquema de ordenación de lo que consideró su propuesta de modificación del PGOU, sin acompañarlo de ninguna documentación técnica que permitiera su análisis por los asistentes en el propio Consejo y posteriormente (ni tan siquiera se facilitó una copia del esquema de ordenación que mostró en pantalla.) Por esa razón, lo único que pudimos hacer los asistentes fue expresar una primera impresión (y así se dijo por la práctica totalidad de los representantes) sobre el esquema presentado, formular algunas preguntas que aclararan el contenido real de la propuesta, solicitar la documentación técnica de la misma para poderla estudiar con detalle y suscitar algunas cuestiones relacionadas con el problema que nos reunía por primera vez (petición de una maqueta, propuesta de encargo de un informe jurídico sobre la situación actual del Sector, propuesta de estudio de una permuta de terrenos, llamada de atención sobre el Sector de El Mirón.)

Hubo varias opiniones coincidentes en que la propuesta parecía un avance en la dirección correcta y algunas críticas sobre el número de viviendas y sobre la reserva para equipamientos públicos. Pero, desde luego, no hubo ningún beneplácito de la inmensa mayoría del Consejo con la propuesta de la propiedad (quizás el concejal de urbanismo se refirió a otro Consejo en sus públicas declaraciones.) Y ello, además, por dos razones obvias: la propiedad no presentó una propuesta, sólo mostró un dibujo con colorines sin concretar su contenido (salvo en lo antes relatado) y, en consecuencia, ni siquiera se planteó la posibilidad de votar sobre el asunto; los acuerdos del Consejo se adoptan ÚNICAMENTE por mayoría de votos, y no por impresiones particulares de beneplácitos o rechazos. (El propio Alcalde manifestó, sorprendentemente, que la propuesta que presentaba la propiedad no contaba con la conformidad ni de los técnicos ni del Gobierno municipal, por la sencilla razón de que no la habían conocido hasta hora y media antes del Consejo y no la habían podido estudiar.) Seamos serios.

Seamos serios

El análisis calmado de la poco imaginativa propuesta arroja, a mi parecer, unas conclusiones decepcionantes:

Concentración de 1.361 viviendas en Valobos (unos 4.100 vecinos.)
Es decir, se pretende aprobar la construcción de un nuevo barrio junto al actual del Calaverón y con población superior a la del barrio actual. Como visión idílica de la propuesta baste decir que el nuevo barrio equivaldría a ubicar en aquel espacio el pueblo completo de Ólvega (3.675 vecinos.)

Una imagen del resultado puede ser 25 ó 30 bloques de 6 alturas, o 13 bloques como los 4 existentes frente a la Estación de Servicio del Caballo Blanco. Y eso si toda la superficie del paraje de Valobos se destina solamente a viviendas. Porque si se ubicara en él la preceptiva superficie destinada a acoger los equipamientos públicos del barrio, las alturas tendrían que elevarse hasta 7 plantas. Claro, que habría más superficie verde si se rematara (de rematar, agotar lo que queda de algo-RAE-) la ciudad con un par de modernos rascacielos. Prácticamente ningún impacto en el paisaje.

¿Es esto un aceptable “remate” o “cierre” de la ciudad, como tanto gustan de repetir propiedad y autoridades municipales? ¿Cómo puede hablarse de “remate” de la ciudad con un nuevo barrio de 4.000 habitantes donde ya se observa cómo va reduciéndose la altura de las edificaciones a medida que nos alejamos del centro urbano?

Como luego se verá, todo lleva a un posible máximo de unas 600 viviendas en el Sector.

El 82% del suelo pasaría a ser público y libre de urbanización y edificios.
Si, pero… Nada más lejos de la realidad. Esa cifra que también han repetido propiedad, Alcalde y concejal de urbanismo es falsa, es inventada, no tiene la menor base técnica:

El suelo destinado a viviendas y calles locales (112.869 m2) es ya el 25,95% de la superficie del Sector, lo que limita al 74,05% el resto del suelo.
El suelo restante para espacios libres, una vez deducido el destinado a equipamientos públicos locales y generales y a viario principal (una vez suprimido el vial del Castillo) sería de 235.354 m2 (54,12% del total del Sector.)
Las cifras anteriores figuran en la MP-27. ¿De dónde han obtenido ese mágico 82%?

Suelo destinado a equipamientos públicos.
Dejando aparte el suelo previsto para una posible ampliación del cementerio municipal, los terrenos destinados en la propuesta de la propiedad a equipamientos locales (ambulatorio, centros de enseñanza, centros de culto, etc.), con la necesaria urbanización y edificios para tales usos, ocupan la falda de las laderas Norte y Oeste del Cerro de los Moros, lo que es incompatible con la pretendida protección del paisaje, y debieran situarse también en el paraje de Valobos, tanto por las anteriores razones paisajísticas como para ocupar la zona de la vaguada visible desde San Saturio con edificios de menor altura y por tanto menor impacto ambiental. Si así se hiciera, ya se ha dicho que las 1.361 viviendas planeadas por la propiedad requerirían bloques de un mínimo de 7 plantas. La imagen que se ofrecería desde el Castillo sería realmente edificante.

Supresión del vial que atraviesa la ladera Sur-Este del cerro del Castillo.
No hay una sola voz que proponga su mantenimiento en el PGOU, tanto menos su inútil y agresiva ejecución. Su eliminación es positiva desde cualquier punto de vista, pero añade un argumento adicional importante a quienes defienden la inviable urbanización del Cerro de los Moros. Los redactores del PGOU, obligados a incluir la urbanización del Cerro, intentaron dotar con esa vía al Sector del necesario acceso para no cargar todo el tráfico generado por el nuevo barrio a la calle de conexión con Los Pajaritos. Al privarle de uno de los dos accesos principales previstos, el redactor del PG habría planteado sin duda lo inviable del nuevo barrio con la edificabilidad impuesta por el Convenio Urbanístico, y habría propuesto su drástica reducción… ¿al 50%?... ¿a un máximo de 600 viviendas?

Vial Norte-Oeste Sistema general.
Al margen de que cuando se suprime un sistema general la legislación exige la reposición con otro elemento que cumpla la función del suprimido, se plantea, pues, una urbanización disminuida en accesibilidad respecto a las previsiones del PGOU en aproximadamente un 40-50%, con una única conexión viaria con la red de calles principales existentes (en este caso, Ramón de la Orden y Dionisio Ridruejo, con limitadas características geométricas y de capacidad) y con una población equivalente a Ólvega y un tercio de Ágreda; sería la sentencia de muerte para la red viaria del barrio del Calaverón.

Pero es que, además, al calificarlo como sistema general, el Ayuntamiento debería construir a su costa el nuevo e insuficiente vial (por ende, de elevado coste), cuando tanto la legislación urbanística como, en este caso, el más elemental sentido común exigen a una nueva urbanización -contraria a los intereses del Ayuntamiento- la construcción a su costa de las conexiones con los sistemas generales existentes, tanto de la red viaria como de los restantes servicios urbanos básicos (agua, energía, saneamiento, etc.)

(Entre paréntesis: ¿no debiera estudiarse la opción –más económica para el Ayuntamiento y mucho más acertada y útil para la ciudad- de soterrar las vías del ferrocarril hasta pasado el enlace con la nueva vía N-O?)

Mínimo impacto en el paisaje a proteger.
Incluso haciendo abstracción de que el observador situado por la propiedad a orillas del Duero también podría caer en la tentación de visitar la ermita de San Saturio y asomarse a sus ventanas para contemplar el maravilloso paisaje que le brindan ambas márgenes del río, y llegarse después, en un agradable paseo, al mirador del Castillo, las anteriores observaciones sobre el contenido de la propuesta de la propiedad anulan cualquier pretendido estudio de mínimo impacto visual. No menosprecien la capacidad intelectual de los miembros del Consejo, señores propietarios.

Seamos serios. Si la pretensión del Ayuntamiento fue deslumbrar al Consejo de Urbanismo con la presentación de unas imágenes coloreadas por la propiedad (y que coinciden casualmente con la propuesta que ya presentó el Alcalde en el Pleno de febrero de este año, pero despejada ahora la incógnita del creativo lema de “suelo municipal sin ocupación”, es decir, suelo destinado a equipamientos públicos locales… ¿sin intención de materializarlos?) para poder dar carpetazo definitivo a las reivindicaciones ciudadanas de salvaguarda del Sector, hemos de concluir que ha sido un mal paso, una flagrante equivocación, ya que la propiedad ha expresado claramente su determinación de mantener su pretensión de construir las 1.361 viviendas planteadas inicialmente –ni una menos, señor Alcalde, ni una menos, qué desaire a su afán de buscar un acuerdo,- animada, sin duda, por las continuas apelaciones de los responsables municipales a su obligación de respetar los “derechos urbanísticos reconocidos a la propiedad en el PGOU”, so pena de ser condenado el Ayuntamiento a unas milmillonarias indemnizaciones, etc. etc.

¿Y si la propiedad careciera de esos tan repetidos derechos?

Los derechos de la propiedad de los terrenos

En el Pleno de febrero pasado el Alcalde dejó clara su postura de “no dejar un legado de incertidumbre sobre futuras indemnizaciones”. Perfecto. La cuestión es que no ha aportado ningún informe jurídico solvente que la justifique suficientemente. No basta la sospecha de riesgos, que siempre los hay, naturalmente. Pero su responsabilidad es medir esos riesgos, valorarlos, reunir la suficiente información y opiniones de los expertos para poder formar un criterio sobre dónde está la razón, a qué parte asiste el Derecho.

Porque no se acude a una negociación sin antes haber medido bien las propias fuerzas, sin tener el convencimiento de hasta dónde nos asiste ese Derecho; el miedo a riesgos no medidos es la garantía del fracaso… como parece que ha sucedido. Parece que el Ayuntamiento no dispone de un solo informe específico sobre este asunto (y si lo tiene lo esconde cuidadosamente, lo que no es creíble), que, obviamente, sería crucial para la toma de decisiones (el informe del Secretario municipal remitido al Consejo fue redactado para contestar-negativamente- a una solicitud de la concejala de Podemos de que se paralizara el expediente de la MP-27 y no analiza con rigor la cuestión fundamental, aunque si advierte de los graves riesgos que correría el Ayuntamiento etc. etc.).

Lo que se precisa es un informe jurídico específico que conteste a la pregunta de qué derechos tiene hoy en día la propiedad de los terrenos y qué responsabilidad patrimonial tendría el Ayuntamiento en el caso de modicificar ‘motu propio’ el PGOU. El Ayuntamiento, ciertamente sin aportar razón alguna convincente, se niega a contratar la elaboración de ese informe con un jurista o bufete de prestigio en el campo del urbanismo. Sin embargo, dispone de argumentadas opiniones expresadas en la prensa local por profesionales del urbanismo que contradicen de forma contundente las opiniones del secretario municipal, y a las que no se ha dado ninguna respuesta que tan siquiera las ponga en duda.

En artículos publicados por D. Saturio Hernández de Marco y en el mío propio de opinión ‘El Cerro de los Moros frente a la Ley’ (2/5/2021), se contesta a esa pregunta con claros argumentos jurídicos (textos legales y jurisprudencia sobre el tema) con las siguientes conclusiones, que, aunque repetidas, conviene tener presentes:

I.- Los derechos o contenidos urbanísticos producto de la concreta ordenación urbanística, sólo se adquieren, consolidan e ingresan en el patrimonio del propietario mediante la participación de éste en el proceso urbanizador a través del gradual cumplimiento de los deberes urbanísticos que son su contrapartida. Es entonces cuando nace el derecho a su indemnización y a la de los gastos ocasionados para ese cumplimiento que hayan devenido inútiles.

II.- Para que pueda generarse alguna pretensión indemnizatoria derivada de responsabilidad patrimonial de la Administración, se exige la previa patrimonialización o consolidación de los derechos urbanísticos, y no basta la mera aprobación del planeamiento para patrimonializar esos derechos (STS de 12 de abril de 2006 y 12 de diciembre de 2007). Una cosa es el reconocimiento del aprovechamiento (expectativa de derecho) y otra bien distinta que el mismo hubiera sido patrimonializado (derecho indemnizable).

III.- No se ha cumplido el deber de establecer la ordenación detallada en el plazo de 8 años ordenado por el PGOU. Consecuentemente, no se ha ejercitado por los titulares de los terrenos incluidos en el ámbito del Sector, el derecho a promover la urbanización, por causa únicamente imputable a la propiedad, por lo que no se ha adquirido la facultad de participar en la ejecución de la actuación de nueva urbanización, lo que implica que no ha nacido el derecho de los propietarios a participar en la ejecución de la urbanización. Es decir, no son indemnizables derechos que nunca se han adquirido.

IV.- A fecha de hoy, los terrenos incluidos en el Sector de suelo urbanizable delimitado “Cerro de los Moros” se encuentran en situación básica de suelo rural, ya que los propietarios de los terrenos del Sector no han cumplido sus deberes básicos ni, por tanto, han ejercido los consiguientes derechos en orden a lograr el paso de los terrenos a la situación de urbanizados.

V.- La propiedad de los terrenos no ha cumplido ninguna de sus obligaciones para poder consolidar las expectativas de derechos que les otorga el planeamiento, y, por tanto, el Ayuntamiento tiene las manos libres para modificar la calificación de los terrenos sin generar por ello ningún derecho a indemnización en los propietarios del suelo.

Por tanto, con la Ley vigente, el Ayuntamiento podría aprobar a fecha de hoy una modificación puntual del PGOU que alterara el posible uso de los terrenos, calificando como espacios públicos libres de urbanización los suelos que decidiera pertenecen al patrimonio paisajístico, histórico y cultural de la ciudad en el Sector del Cerro de los Moros, y reduciendo libremente la edificabilidad máxima permitida, definiendo su localización y características (tipología, alturas máximas), sin asumir por ello ninguna responsabilidad patrimonial (obligación de indemnizar a la propiedad.)

Qué puede hacer el Ayuntamiento

Visto lo anterior (so pena de informe jurídico contundente que lo contradijera) y ante la amable pero desairada y tajante propuesta de la propiedad mayoritaria de los terrenos, que no satisface en nada las expectativas del Ayuntamiento ni de la ciudadanía, caben tres opciones al Ayuntamiento:

Aceptar sumisamente la propuesta de la propiedad, renunciando a los derechos que asisten al Ayuntamiento. No caben nuevos intentos de mejorarla porque si nada se ha logrado en varios meses de negociaciones, tampoco ahora la propiedad va a ceder en sus pretensiones. Su tramitación supondría un descrédito universal para Soria y su Ayuntamiento y un largo tiempo de reclamaciones y alegaciones contra la propuesta, además de la definitiva renuncia a la protección de la margen derecha del Duero en aquel Sector.
Imponer una solución extrema negativa para la propiedad con la fuerza que la Ley otorga al Ayuntamiento. Esta vía llevaría directamente a los Tribunales de Justicia y siempre sería más prudente intentar evitarlo aunque la Ley caiga del lado del Ayuntamiento. Opción 3ª.
Analizar por fin, con los mejores medios humanos posibles, la situación jurídica del Sector, y si, frente a los avisos de catástrofes económicas, el Gobierno municipal alcanzara el convencimiento racional de que la Ley dice lo que dice y que la jurisprudencia que la interpreta y complementa está del lado de los intereses municipales, estudiar la o las alternativas de ordenación del Sector que mejor atendieran
el público y general interés de proteger realmente de cualquier tipo de urbanización los terrenos que conforman el paisaje natural, histórico y cultural de la margen derecha del Duero en el Sector del Cerro de los Moros, y las posibles expectativas de derechos urbanísticos de la propiedad de los terrenos compatibles con lo anterior.

Particularmente creo que sólo caben las siguientes alternativas, que brevemente expuse en mi anterior artículo “Cerro de los Moros S.O.S., y a expensas de su detallado estudio por los servicios técnicos municipales propios o contratados al efecto:

Alternativa 0.- Se califica todo el Sector como suelo rústico (rural en los términos de la legislación estatal y regional.) En las actuales condiciones legales del Sector el Ayuntamiento podría hacerlo sin incurrir en responsabilidad patrimonial. Como ya apuntó el Alcalde, con esta alternativa los terrenos continuarían siendo de propiedad privada, con el riesgo de futuras recalificaciones especulativas ajenas a su protección. Por ende, si se quiere evitar el consiguiente calvario legal, mejor acudir a las siguientes.

Alternativa 1.- Concentrar un máximo del orden de 400 viviendas con los equipamientos complementarios en los terrenos del Sector aledaños a la calle Marcelino Camacho. La urbanización ocuparía un fondo de unos 200 m. frente a los 400m. de la propuesta de la propiedad, y podría resolverse con manzanas de 4 alturas apoyadas en dos nuevas calles locales con acceso desde la actual rotonda de Marcelino Camacho y otra de nueva planta en el cruce de la calle actual Cerro de los Moros y la anterior. La conexión con la zona de Los Pajaritos se realizaría ampliando y prolongando el Camino de la Rumba.

También podría extenderse la urbanización en una franja de terreno en el lado Este del Camino de la Rumba con edificios de menor altura o viviendas unifamiliares.

El resto de los terrenos se calificarían como Espacios Libres de uso público, excepción hecha de la reserva de suelo para la ampliación del cementerio.

Alternativa 2.- Se extendería la urbanización a todo el paraje de Valobos, pero con una clara gradación de la altura de las edificaciones a medida que nos alejáramos de la calle Marcelino Camacho, y con la inclusión en este recinto de los equipamientos públicos locales (de servicio tanto a la nueva urbanización como al barrio del Calaverón) en la zona más visible desde San Saturio. El número máximo de viviendas no podría superar las 600 unidades y sería necesaria, a cargo del promotor, la construcción de la vía N-O de enlace con Los Pajaritos.

Alternativa 3.- Pero si, por alguna razón ahora desconocida, debiera mantenerse un alto coeficiente de edificabilidad en el Sector, la solución nunca debiera ser la consolidación de más de 600 viviendas en el mismo. El Ayuntamiento dispondría de dos posibles instrumentos urbanísticos para resolver el problema: la adscripción a otro u otros Sectores del exceso de edificabilidad (lo que no implica coste económico o patrimonial para el Ayuntamiento), o, en el peor de los casos, la permuta de terreno con ese exceso de edificabilidad en otra u otras zonas de la ciudad (en este caso con pérdida de patrimonio para el Ayuntamiento, que tiene, por ejemplo, suelo urbanizable para 1.165 viviendas en el Sector de suelo urbanizable de Los Royales Oeste.)

Con los datos de que hoy se dispone (el ejercicio de transparencia por el Ayuntamiento no ha sido ejemplar en este campo) y con la, mientras no se demuestre lo contrario, situación jurídica de los terrenos favorable para el Ayuntamiento, éste puede plantear una alternativa de ordenación (en mi opinión la anterior número 1) que realmente incluya la definitiva protección de los terrenos que constituyen el paisaje natural, histórico, arqueológico y cultural a salvaguardar de todo intento de urbanización y la correcta terminación de la ciudad actual.

Esta es la verdad al día de hoy. Esta era la verdad desde 2011, en que la propiedad abandonó la tramitación de la ordenación detallada del Sector. Se ha perdido un tiempo precioso en el que se podía haber resuelto definitivamente el problema por el actual equipo de Gobierno municipal, pero aún es tiempo si se pone la necesaria voluntad y determinación para ello. Están los medios legales para que el Ayuntamiento logre el objetivo común de revertir la desastrosa ordenación urbanística del Sector que nos dejó en herencia la más dañina especulación urbanística de unos ambiciosos, incultos destructores del patrimonio de la ciudad, en alianza con el entonces gobierno municipal del partido mal llamado Popular. Aún es tiempo de lograrlo; para ello se requiere que, con el Alcalde a la cabeza, el actual Gobierno municipal se enfrente a la negativa situación actual que él mismo ha propiciado con su inacción y su injustificado temor a supuestos terribles riesgos anunciados por quien no advirtió de tamaños peligros (esos si bien reales) cuando se tramó el desdichado Convenio origen de nuestros males; que se pertreche de los mejores asesoramientos profesionales jurídicos y técnicos, y que, de una vez por todas, plantee a la propiedad las dos únicas opciones posibles: el estudio conjunto de una alternativa flexible que promueva el Ayuntamiento o la iniciativa municipal de aprobar unilateralmente la alternativa de ordenación más favorable para los intereses públicos, que, no se olvide, no se limitan a Soria; la “ribera sacra de la poesía española” es patrimonio mundial, con y sin declaración administrativa de Bien de Interés Cultural.

Y, por supuesto, ahora sí, con luz y taquígrafos".

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