Bajo la premisa de garantizar la voluntad y el respeto a la dignidad de todos los ciudadanos durante el proceso final de su vida, el texto aprobado hoy responde a la necesidad de avanzar en la humanización de la asistencia sanitaria y garantiza cuidados paliativos a toda la población. A tal efecto, se regulan y blindan los derechos básicos que corresponden a las personas en esta etapa y se asegura el cumplimiento de su voluntad protegiendo, entre otros, el derecho a la intimidad o a manifestar instrucciones previas.
La Junta de Castilla y León ha aprobado hoy, en Consejo de Gobierno, el Anteproyecto de Ley de Derechos y Garantías de las personas al final de su vida, cuya finalidad es recoger en una disposición legal única el conjunto de derechos y obligaciones de todos los intervinientes en la etapa final de la vida, es decir, tanto del paciente y su entorno como de los profesionales y los centros sanitarios o sociosanitarios.
Esta futura norma, que deberá tramitarse en las Cortes de Castilla y León, es uno de los puntos del acuerdo de gobierno firmado en 2019 entre Ciudadanos y el Partido Popular, y ha contado en su elaboración con el aval, entre otros, de los colegios profesionales implicados y del Consejo de Salud de Castilla y León.
Para cumplir con este objetivo esencial de mejora de la asistencia sanitaria, el anteproyecto aprobado -ya existe legislación similar en otras comunidades autónomas- regula los siguientes derechos de las personas que se enfrentan a este momento: a la dignidad, a la vida y a la integridad física y moral, a la protección integral de la salud, a la intimidad y la confidencialidad relativas a la propia salud, a ser informados antes de recibir un tratamiento médico, a manifestar instrucciones previas y a recibir tratamientos y cuidados paliativos adecuados.
En esta norma se establecen, además, las matizaciones correspondientes al ejercicio de dichos derechos por menores de edad, y se determinan también los deberes correspondientes a los profesionales garantizando su seguridad jurídica, tales como la confidencialidad, información clínica en términos comprensibles, respeto a la voluntad del paciente y a sus instrucciones previas, adecuación del esfuerzo terapéutico y evaluación de aquellas situaciones en las que el paciente está imposibilitado para la toma de decisiones.
El anteproyecto regula, asimismo, las obligaciones que corresponden a los centros e instituciones sanitarias y sociosanitarias, ya sean de titularidad pública o privada, responsables de la atención a los pacientes que se encuentren en este momento final. Estas entidades tienen que facilitar no solo el acompañamiento del enfermo, bien por parte del entorno familiar y afectivo o por voluntarios, sino también facilitar auxilio espiritual; proporcionar apoyo a la familia o a los cuidadores durante todo el proceso; informar a los pacientes sobre los cuidados paliativos a los que pueden acceder; y ofrecer, cuando sea posible, estancia en habitaciones individuales, algo que ya se garantiza en todos los hospitales de la Comunidad.
Comité de ética y vigilancia
La nueva norma sanitaria establece la obligación de que los centros relacionados con la asistencia al final de la vida estén vinculados a un comité de ética asistencial, y atribuye a la Consejería de Sanidad las labores de vigilancia, supervisión e inspección de dichos centros para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en la ley. Por este mismo motivo se regula también el régimen sancionador que se debe aplicar ante posibles incumplimientos. Asimismo, hay que indicar que la formación de los profesionales en esta materia está ya contemplada en el “Plan de cuidados paliativos de Castilla y León 2017-2020”.
Es importante reseñar que el objeto de la norma aprobada por la Junta de Castilla y León es complementario al establecido en la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, ya que el texto autonómico regula los derechos de las personas que afrontan el trance final de su vida, garantizando el acceso universal tanto a los cuidados paliativos como a una medicina avanzada y eficaz en esta etapa vital; mientras que la ley de la eutanasia regula el derecho a solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir, así como el procedimiento que ha de seguirse y las garantías que han de observarse.
La norma presentada en Consejo de Gobierno se estructura en cinco títulos y treinta artículos, y su puesta en marcha implica, de manera directa, tanto a la Consejería de Sanidad como a la de Familia e Igualdad de Oportunidades.
El impacto económico de la presente ley estará incluido en los presupuestos de los dos órganos administrativos mencionados, con la excepción de la financiación a mayores de dos acciones concretas que se han considerado importantes: el desarrollo del Proyecto ‘Final de Vida y Soledad’, en el que trabajan de manera conjunta la Consejería de Sanidad y la Fundación La Caixa, y cuya implantación requerirá la contratación de nueve psicólogos y nueve trabajadores sociales; y el Proyecto INTECUM, puesto en marcha en 2019 por las Consejerías de Familia y Sanidad y la Diputación de Palencia, uno de cuyos objetivos es atender en su propio domicilio y con todos los medios necesarios a los pacientes que se encuentran al final de la vida.