CAPITAL
Actualizado 01/09/2021 09:42:46

ASDEN-Ecologistas en Acción remite un recurso de reposición al acuerdo declaración como Bien de Interés Cultura (BIC) de este templo para que corrijan errores, cumplan con los derechos de los alegantes e incorporen un entorno de protección que “garantice suficientemente la correcta percepción" del inmueble.

El texto del Acuerdo 84/2021 (BOCyL 2/08/2021) , por el que se declaraba BIC la ermita de San Saturio con categoría de Monumento, tiene "varios errores e indefiniciones" que ya fueron informados y alegados por ASDEN-Ecologistas en Acción y otras entidades y personas previamente a su aprobación.

"Tales alegaciones no han sido aceptadas, y ni siquiera se ha cumplido con lo establecido por la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo que reconoce que se tiene derecho a recibir contestación a las alegaciones emitidas. Este derecho se ha vulnerado, al menos en lo que respecta a ASDEN, ya que sólo se ha recibido una notificación con el texto del Acuerdo de Declaración del BIC. En tal Declaración no han corregido ni los errores alegados, ni se han contestado rebatiendo los argumentos en la alegación. Parece entenderse que ni siquiera las han leído", apuntan en el colectivo ecologista.

Para ASDEN, entre los errores está la descripción de la ubicación de San Saturio. “La ermita está ubicada en una explanada comprendida entre los cerros de Santa Ana y el monte de las Ánimas” se refleja en el documento declarativo, y también la imprecisión de la delimitación del entorno de protección en la margen derecha, que el acuerdo lo describe así: “Sigue en sentido noreste por la margen derecha del Duero hasta el encuentro con el puente del ferrocarril”. Descripción que da a entender que hay una franja de terreno que goza de cierta protección. Los ecologistas indican que esto no es así no es así, aunque parezca increíble, la franja de terreno y vegetación de la margen derecha del Duero no tiene ninguna protección ni está condicionada por parte del BIC de San Saturio.

Considerando la motivación de la propia Declaración de BIC que dice “se delimita un entorno de protección que garantice suficientemente la correcta percepción del bien objeto del expediente en tanto que elemento integrado en el territorio en que se asienta” y también lo establecido en la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español referido a la necesidad de establecer una protección sobre el entorno; ASDEN-Ecologistas en Acción solicitó el incluir en tal entorno las laderas, cerros y vaguadas Castillo, del Cerro de Los Moros y otras elevaciones desde la que hay una vista directa a la ermita.

Los ecologistas recalcan también que "aun siendo innegable la afección a San Saturio de posibles actuaciones urbanísticas en la orilla derecha del Duero y en las laderas de estos relieves orientados hacia la ermita, la Junta de Castilla y León no ha incluido dentro de su entorno de protección ningún terreno de esta margen derecha. Ello da lugar a que "por ejemplo el BIC y su entorno no pueda fijar limitaciones a las construcciones y actuaciones que se han realizado en el “Castillete” de la desembocadura de la EDAR, que por cierto son ilegales, ni tampoco que se pueda urbanizar la ladera del Castillo tal y como pretende el promotor de el Cerro de Los Moros. Lo cual da muestra del sinsentido de la declaración de BIC aprobada, y también de la dejación e inacción de las administraciones en la protección del patrimonio cultural y natural".

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