El Comisario de Empleo de la UE, el Sr. Schmit, y cuatro altos cargos de su Comisaría se reunieron con los representantes de la Plataforma.
En la tarde de ayer, jueves 25 de noviembre, la Plataforma Nacional de Interinos, asistida por Araúz, se reunió con el Comisario de Empleo de la UE, el Sr. Schmit, y cuatro altos cargos de su Comisaría, para denunciar la situación del empleo en el Sector Público en nuestro país, y los incumplimientos por parte de España, en general, y del Proyecto de Ley que se está tramitando en las Cortes, en particular, de la Directiva 1999/70/CE, y de la doctrina del TJUE recaída en su aplicación.
El Sr. Comisario confirmó:
1. Que España tiene obligación de cumplir la Normativa comunitaria, y la Comisión Europea velará porque tal cumplimiento se produzca.
2. Que, en su opinión, para cumplir la Directiva, España no tiene otra opción que la de regularizar a todos los empleados públicos temporales que se encuentren en una situación de abuso incompatible con la Directiva 1999/70/CE.
3. Que estos empleados públicos temporales han desarrollado un trabajo impecable, porque, si no hubiera sido así, no se les habría renovado, ni mantenido en sus puestos de trabajo, ya
que, si él tuviera una empresa, no mantendría a los trabajadores temporales que no rindieran.
4. Que, si no se regulariza a todos los empleados públicos temporales víctimas de un abuso, habría que indemnizarlos, pues es claro que el proceso selectivo —sea una oposición, sea un concurso de méritos—, no es una medida sancionadora; y, si se les indemniza, España estaría incumpliendo el Plan de Recuperación y Resiliencia porque, en él, se comprometió a que estas reformas se iban a realizar sin coste presupuestario, ni ayudas del Estado.
Además, desde la Plataforma quieren informar que esta reunión con el Comisario fue precedida de dos actuaciones anteriores:
a) Una de ellas, la reunión mantenida en Bruselas por la misma Coordinadora y mismo Letrado, el pasado jueves 18 de noviembre, con 4 funcionarios de la Comisión: 3 de ellos de la Comisaría de Empleo y, el 4º, otro de Fondos Europeos, con una duración de 3 horas en la que, con soporte documental y datos objetivos, se les explicó la situación real de los empleados públicos temporales en España y que la única solución posible, si se quería dar cumplimiento a la Directiva y a la doctrina del TJUE, era la regularización o estabilización de todo este personal, ya que, habiendo declarado el TJUE que ningún proceso selectivo es una medida sancionadora que cumpla con los requisitos de la Directiva 1999/70/CE, si no va acompañado de otras sanciones efectivas, equivalentes, proporcionadas y disuasorias, habría que indemnizar a las víctimas de los abusos tal y como establecía el RDL 14/2021 y prevé el nuevo Proyecto de Ley, en cuyo caso, España estaría incumpliendo de forma radical los compromisos que asumía en el componente 11 del Plan de Recuperación y Resiliencia, en que se obligaba a que la reforma para reducir la temporalidad en el Sector Público se iba a realizar a coste cero, sin asignación presupuestaria ni ayudas del Estado. Y por ello concluíamos, que la Comisión Europea no podría aprobar la transferencia de fondos siendo consciente de que los compromisos asumidos por España en su Plan de Recuperación no iban a ser cumplidos.
b) La otra actuación, consistió en un escrito de denuncia remitido a todas las Autoridades de la Comisión Europea, el lunes día 22 de noviembre, en el que al amparo de la Directiva 2017/1371, del Parlamento Europeo y el Consejo , de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión, se ponía formalmente de manifiesto los hechos anteriormente descritos, indicando que el RDL 14/16 y el Proyecto de Ley que se está tramitando en las Cortes Generales, incumplían tanto la Directiva 1999/70/CE, como el Componente 11 del Plan de Recuperación y Resiliencia de España.
Por todo ello, en esta denuncia, se interesaba a la Comisión Europea que, al objeto de garantizar los intereses financieros de la Unión:
Primero.- Requiera a España a fin de que adapte el Proyecto de Ley a la Normativa comunitaria, en particular a la Directiva 1999/70/CE y a la doctrina del TJUE, y también a los compromisos asumidos con la UE en el Plan de Recuperación y Resiliencia.
Segundo.- Que, mientras esté en vigor el RDL 14/2021, se acuerde por las Autoridades europeas paralizar el desembolso de todos los fondos vinculados al Plan de Resiliencia hasta que el RDL 14/2021 no sea reformado.
Tercero.- Que, igualmente, se paralice o suspenda el desembolso efectivo de fondos europeos vinculados a dicho Plan hasta que, por España se garantice que la reforma legislativa en tramitación y, por tanto, el Proyecto de Ley que se haya en las Cortes Generales, se ajusta a la Directiva 1999/70/CE y que, su aplicación, no va a conllevar incremento del gasto público, cumpliendo con España con el compromiso asumido en su Plan de Resiliencia.