CASTILLA Y LEóN
Actualizado 27/01/2022 13:48:50

El Tribunal Supremo aduce que la formación no tiene grupo parlamentario propio en las Cortes regionales por lo que no reúne las condiciones marcadas por ley.

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado la petición cautelar de Vox de participar en los debates electorales del 31 de enero y 9 de febrero en Castilla y León por no tener grupo parlamentario propio.

Así, para respaldar esta decisión en el TS indican que no ha lugar a acordar como medida cautelar la participación de la formación política en los debates electorales previstos para el 31 de enero y 9 de febrero, por no reunir las condiciones exigidas en el artículo 31 bis de la ley Electoral de Castilla y León, 3/1987, de 3 de enero, es decir, no disponer en la sede parlamentaria castellanoleonesa del suficiente número de representantes para formar grupo político en dicha cámara.

De igual modo, el alto tribunal ha acordado que por la administración electoral se asegure que las medidas compensatorias establecidas respondan al principio de “información compensatoria suficiente” establecido en el punto tercero de la Instrucción 1/2019 de la Junta Electoral de Castilla y León.

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