La norma refuerza la participación del Tercer Sector Social en este cometido y va a permitir una tramitación más ágil y eficiente de los Fondos Europeos de Recuperación y Resiliencia.
El Consejo de Gobierno ha aprobado esta mañana el decreto regulador del régimen de conciertos sociales en Castilla y León, una fórmula organizativa de acción concertada entre la iniciativa pública y la privada para la gestión de los Servicios Sociales, que garantiza su prestación de una forma más estable, flexible e innovadora. La norma refuerza la participación del Tercer Sector Social en este cometido y va a permitir una tramitación más ágil y eficiente de los Fondos Europeos de Recuperación y Resiliencia.
El decreto de concertación social al que hoy ha dado luz verde la Junta se basa en la normativa estatal y europea sobre contratación del sector público, que permite a las administraciones concertar servicios sociales con entidades privadas a través de un procedimiento especial de colaboración público-privada.
Esta autorización responde a la consideración de los servicios sociales como ‘servicios a las personas’, lo que conforme a la ley les reviste de una especial protección, garantizada mediante una regulación específica, que permite una gestión más ágil y cercana.
Por lo tanto, el decreto constituye una oportunidad para mejorar el ámbito de cooperación entre la Junta y las más de 4.000 entidades que conforman el Tercer Sector Social en Castilla y León –encargadas de la prestación actual de más de 5.000 servicios–, así como de aumentar la calidad y estabilidad de estos recursos y de las condiciones en que se prestan.
Junto a esto, hay que destacar que la regulación de este instrumento jurídico se produce en un momento idóneo, paralelo a la ejecución de los proyectos aprobados en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Comisión Europea, lo que va a favorecer una tramitación más rápida y eficiente de las iniciativas financiadas con estos fondos europeos.
Por todo lo anterior, la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, impulsora de la norma, considera que su impacto va a ser muy positivo, tanto para el sistema de Servicios Sociales de Castilla y León, como para el Tercer Sector, al garantizar la estabilidad en su actuación, algo que a su vez redundará en beneficio de las personas usuarias.
Ventajas de esta fórmula
Las ventajas que ofrece la fórmula del concierto social son numerosas. En primer lugar, la estabilidad, que permite a la entidad prestadora de los servicios planificar la actividad y las inversiones, o mejorar la calidad del empleo de sus trabajadores. También potencia y fomenta la innovación, ya que el proveedor tiene capacidad y margen para realizar una adaptación constante a las necesidades y demandas de las personas usuarias.
Desde el punto de vista de la administración pública, esta herramienta jurídica ofrece flexibilidad, ya que facilita la revisión del precio y su ajuste a los costes reales si se fijan criterios objetivos. Además, se basa en principios de transparencia, ya que esos requisitos son públicos.
Conforme al decreto de concertación social aprobado hoy, en el momento de seleccionar a la entidad prestadora de determinados servicios, la Junta va a primar factores sociales tales como la experiencia mínima acreditada, certificaciones de calidad obtenidas, valoración de los usuarios, implantación de prácticas innovadoras que incidan en la calidad del servicio, arraigo social en la localidad donde vaya a prestarse, promoción de la participación de voluntariado, o tener implementadas buenas prácticas en el ámbito de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral e igualdad de oportunidades.
El decreto establece, asimismo, que en caso de empate tendrán preferencia las entidades sin ánimo de lucro, y en el caso de que ese empate se reproduzca, se optará por aquélla que forme parte de la Red de Protección a familias en situación de mayor vulnerabilidad social o económica en Castilla y León.
Las entidades del Tercer Sector con las que la Junta concierte servicios deberán acatar los principios rectores del sistema de Servicios Sociales de responsabilidad pública y adecuarse a la planificación estratégica de los servicios públicos fijada por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, con una atención de calidad, personalizada, integral y continuada.
Los servicios que pueden prestarse al amparo de esta fórmula jurídica son variados: promoción de la autonomía personal, fomento de la vida independiente e inserción social de las personas con discapacidad; apoyo a los procesos de integración dirigidos a personas en situación o riesgo de exclusión social; atención a los mayores y personas con dependencia; protección y reforma de menores; apoyo familiar y a la conciliación de la vida personal y laboral; atención e integración de las víctimas de violencia de género; protección jurídica de las personas que tengan limitada su capacidad de obrar, y prevención y asistencia en el ámbito de los trastornos adictivos.
Cabe destacar que el decreto aprobado hoy por el Consejo de Gobierno –que fija en cuatro años máximo, prorrogables hasta ocho, la duración de los conciertos– ha sido elaborado con la máxima participación y consenso de las entidades del Tercer Sector Social de la Comunidad.