A nivel nacional las 978 reducciones de pena han supuesto al menos 104 excarcelaciones, seis en la Comunidad.
Los tribunales de Castilla y León acordaron al menos 45 reducciones de condena en aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como ley del 'sólo sí es sí’, según los datos recabados hasta el día 31 de marzo por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) del Tribunal Supremo, los Tribunales Superiores de Justicia y las Audiencias Provinciales.
En España, la cifra se eleva hasta las 978 reducciones de pena, resoluciones que han supuesto, al menos, 104 excarcelaciones, seis en Castilla y León.
En la región, según estos datos, han sido revisados diez expedientes por parte del Tribunal Superior de Justicia (TSJCyL), sin ninguna reducción. En cuanto a las audiencias provinciales no se ha producido ninguna reducción ni en Ávila ni en Soria. Burgos figura en cabeza con 12 reducciones y cuatro excarcelaciones, por delante de Zamora, con nueve, de las que una acabó en excarcelación, y León, con ocho. En Salamanca se contabilizaron siete rebajas de condena, una más que en Valladolid, mientras dos se registraron en Palencia (una de ellas terminó en salida de prisión) y una en Segovia.
En el el CGPJ advierten que los datos corresponden a reducciones de pena, absoluciones y excarcelaciones producidas tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022 el pasado 7 de octubre hasta el 31 de marzo de este año. Además, se indica que las absoluciones comunicadas son consecuencia en todos los casos de la destipificación del delito de abuso sexual cometido mediante engaño con menores de entre 16 y 18, castigado en el artículo 182.2 del Código Penal anterior a la reforma operada por la LO 10/2022.
También se explica que los datos de las Audiencias Provinciales corresponden exclusivamente a revisiones de pena y no incluyen aquellas sentencias de instancia dictadas en relación con hechos ocurridos antes de la entrada en vigor de la LO 10/2022 en las que se ha aplicado ésta -y no la norma vigente en la fecha de los hechos enjuiciados- por ser considerada más favorable para el reo.
Fuente: Ical