La Consejería aportará el crédito necesario para que todos los solicitantes que cumplan los requisitos puedan recibir estas ayudas que van delod 2.500 hasta lod 6.600 euros. El plazo de solicitudes se abre hasta el 12 de julio de este 2023.
El Boletín Oficial de Castilla y León de hoy, 14 de junio, publica el extracto de la Orden de la Consejería de la Presidencia por la que se convoca el programa de ayudas ‘Pasaporte de vuelta’, dirigidas a emigrantes castellanos y leoneses para apoyar y facilitar su retorno a la Comunidad para el año 2023.
Según los datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística (INE), el número de castellanos y leoneses residentes en el extranjero a fecha 1 de enero de 2023, asciende a 183.711 personas.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes es de veinte días hábiles desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León, siendo el último día para la presentación de solicitudes el 12 de julio de 2023.
El consejero de la Presidencia, Luis Miguel González Gago, ha manifestado el interés de la Consejería en que “todos los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria puedan ser beneficiarios de las ayudas.”
Diferentes modalidades
Las ayudas contempladas en dicha orden se corresponden con las diferentes modalidades:
- Programa I: estas ayudas tendrán como finalidad facilitar el retorno a Castilla y León a aquellas personas que a fecha de presentación de su solicitud no hubieran retornado a la Comunidad y que pretendan hacerlo antes del 31 de agosto de 2023.
- Programa II: estas ayudas tendrán como finalidad apoyar a los beneficiarios en el proceso de retorno, facilitando la integración social de aquellos que a la fecha de presentación de su solicitud ya hubieran retornado a la Comunidad.
Para poder optar a las ayudas convocadas los solicitantes deberán cumplir varios requisitos a la fecha de presentación de la solicitud: ser mayor de 18 años, tener la nacionalidad española, ser oriundos o procedentes de Castilla y León, de acuerdo con la definición prevista en el artículo 2.3 de la Ley 8/2013, de 29 de octubre, de la Ciudadanía Castellana y Leonesa en el exterior, que el retorno se haya producido o se vaya a producir desde el extranjero a cualquier municipio de Castilla y León, carecer de bienes inmuebles de valor superior a 50.000 euros (distintos de la vivienda en la que se resida o se pretenda residir tras el retorno), estar al corriente de sus obligaciones tributarias (y en su caso, con la Seguridad Social) y no haber sido beneficiario en años previos de ayudas convocadas por la Administración de la Comunidad de Castilla y León para facilitar el retorno o la integración de los retornados.
Los solicitantes además deberán haber residido legalmente en el extranjero al menos dos años dentro de los últimos cinco años respecto a la fecha de solicitud de la ayuda, o bien haber trabajado legalmente en el extranjero al menos durante un año, en el caso de solicitantes de 35 o más años, o al menos seis meses, en el caso de solicitantes menores de 35 años, dentro de los últimos cinco años respecto a la fecha de solicitud de la ayuda.
Como requisito específico para optar a las ayudas del Programa I, el beneficiario deberá comprometerse a retornar a un municipio de Castilla y León antes del 31 de agosto de 2023. Para ser beneficiario del Programa II los solicitantes deberán cumplir, junto a los requisitos generales, que el retorno se haya producido en el periodo comprendido en los dos años anteriores a la fecha de presentación de su solicitud y estar empadronado y tener residencia habitual, a la fecha de presentación de su solicitud, en un municipio de la Comunidad.
Beneficios adicionales para menores de 35 años y retorno al medio rural
En la convocatoria publicada hoy por la Consejería de la Presidencia se fija que la ayuda económica para cada beneficiario de ambos programas será de 2.500 euros, si bien por cada persona a su cargo la cifra se incrementará en 500 euros adicionales hasta un máximo de 4.500 euros por perceptor. A su vez, se establece que si el beneficiario es menor de 35 años su ayuda ascienda a 3.500 euros, que igualmente serán complementados con 500 euros por cada persona a su cargo, con una cantidad máxima de 5.500 euros.
Las ayudas económicas se incrementarán en un 20% si la persona beneficiaria ha retornado o pretende hacerlo a un municipio de menos de 10.000 habitantes, o bien de 3.000 habitantes si dista menos de 30 kilómetros de la capital de provincia.
El Bocyl, en este enlace.