PROVINCIA
Actualizado 12/09/2023 10:54:28

A pocas semanas de la entrada en vigor de la ley de protección animal española ¿Sabes la normativa que tienes que cumplir? Te contamos algunos de los principales cambios que deberás tener en cuenta.

Quedan pocas semanas para que entre en vigor la Ley de Protección Animal española. En su normativa se recogen varias disposiciones que los dueños de mascotas deberán cumplir a partir del 29 de septiembre de 2023. Entre ellas se encuentra el tener que hacer un curso, no poder dejar al animal en casa solo durante más de tres días o tener que sacar un seguro civil.

Si “te ha pillado el toro” y todavía no te has puesto manos a la obra para cumplir la ley, no te preocupes porque a continuación te damos las claves para que cuando llegue la fecha tengas todo en regla y conozcas los puntos clave de esta nueva normativa nacional.

Hay que contratar un seguro de responsabilidad civil para nuestras mascotas

Con esta nueva normativa será obligatorio que las mascotas cuenten con un seguro propio de responsabilidad civil, en contra de lo que se solía hacer hasta ahora, cuando se incluía en las pólizas de seguro del hogar.

Hay que hacer un curso para tener una mascota en casa

Este será uno de los requisitos que deberán cumplir todos los nuevos propietarios de una mascota. Esto quiere decir que quiénes tengan un perro o gato en casa no deberán realizarlo porque no tienen carácter retroactivo. Esta es una cuestión que ha levantado bastante polémica y que todavía está (un poco) en el aire porque no se ha establecido qué tipo de curso será ni cómo se impartirá.

Se prevé que consista en aportar información a los propietarios sobre esta nueva Ley, además de buenas prácticas y posibles sanciones en caso de no cumplir la normativa.

¿Qué mascotas incluye esta nueva ley?

Todavía no se ha registrado el llamado ‘listado positivo’ de los animales que se podrán tener en casa como mascotas. Una vez que se haga pública, todo animal que no esté incluido estará prohibido.

Ahora bien, según la normativa, los únicos animales que se podrán tener como animales de compañía serán los perros, los gatos y los hurones.

Lo que sí que está claro es que todas aquellas especies exóticas que actualmente se encuentran prohibidas en el Catálogo Español de Especies Invasoras, que no pertenezcan a la fauna autóctona y/o que sean peligrosas para el ser humano, no serán admitidas para convivir con los seres humanos para ser mascotas. Este es el caso de las serpientes de cualquier tipo, los cerdos vietnamitas, los erizos, animales venenosos, las ranas y los sapos.

Y… si ya tenemos un animal de estas características ¿Qué pasará con ellos?

Si un animal que no esté incluido en la lista ya convive en un hogar, como la ley no tiene carácter retroactivo, podrá continuar en la vivienda. Eso sí, estos propietarios deberán de registrarlos, si no lo están ya, bajo los protocolos que estime el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2023 acreditando cuando fueron adquiridos o adoptados junto con la documentación en regla de sus vacunas y estado de salud.

¿Cuánto tiempo puedo dejar a mi mascota sola en casa?

La nueva ley establece que estará prohibido “dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía más de tres días consecutivos”. En cuanto a los perros el periodo no podrá superar las 24 horas.

¿Es un delito a partir de ahora matar a un animal vertebrado?

La nueva ley dicta que en caso de dar muerte a animales vertebrados, sea del tipo que sea, puede incurrir en penas de prisión de entre 6 a 18 meses.

Hay que tener en cuenta que como toda ley, caben excepciones, atenuantes y agravantes. Esto quiere decir que si se demuestra que en una agresión a un animal ha habido ensañamiento, la persona podrá ser multada e, incluso, con cárcel.

Y, en el caso de que un animal entre en nuestro domicilio, ya sea una rata, un pájaro, un murciélago u otro vertebrado, se podrá ahuyentar dándole golpes hasta que salga de la vivienda, pero siempre que no se le cause daño ni se le provoque la muerte. Únicamente se podrá dar muerte a un animal cuando sea en defensa propia o por causas extraordinarias, pero en este caso habría que argumentarlo frente a un tribunal, si fuera necesario.

En caso de plaga o que haya ratas en un establecimiento o local, únicamente podrán darle muerte los profesionales autorizados y cualificados, pues se trata de una actividad que está legalmente regulada.

¿Qué profesiones y animales están excluidos de esta ley?

Como hemos comentado anteriormente, los exterminadores, al ser profesionales, están autorizados para dar muerte a según que animales.

En esta categoría también se incluiría a los veterinarios, siempre que le den al animal una muerte justificada y dentro de la actividad de su profesión. Otros que tampoco estarán serán los toreros, pues también se trata de una actividad legal y regulada.

En cuanto a los perros pastores o policía y las aves de cetrería también estarán fuera de la normativa. Sin olvidar a los animales destinados a la cría para el consumo humano o para la experimentación científica.

¿Se podrán comprar mascotas en criaderos?

Una vez entre en vigor la nueva ley, todo aquel que haga negocio a través de la venta de animales, deberán de estar registrados y acreditados. Se podrán seguir comprando animales, pero la normativa intentará limitar su acceso.

¿A qué multas podrán incurrir los infractores?

Como en toda ley se establecen varios tipos de multas dependiendo del tipo de delito que se cometa.

Las cuantías que se han establecido irán dividido en tres tipos. De entre 500 y 10.000€ para las infracciones leves. Entre 10.001 y 50.000€ para las graves. Y, entre 50.001 y 200.000€ para las muy graves.

En cuanto a las penas de prisión, estarían reservadas para quiénes den muerte a los animales vertebrados, y en tal caso oscilarían entre los 6 y los 12 meses de privación de la libertad, aunque quedaría bajo la interpretación del juez.

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