CASTILLA Y LEóN
Actualizado 09/10/2023 09:52:46

Tras ser aprobado el calendario de fiestas laborales, la Consejería de la Presidencia, como responsable tanto de la información y atención al ciudadano como de la coordinación de la implantación de la legislación básica del Estado en materia de procedimiento administrativo común, determina ahora el calendario de días inhábiles para el próximo año.

El Boletín Oficial de Castilla y León publica hoy la Orden de la Consejería de la Presidencia por la que se establece el calendario de días inhábiles que regirá durante el año 2024 en la Comunidad de Castilla y León.

El calendario de días inhábiles se publica para conocimiento de todos los ciudadanos antes del comienzo de cada año, y resulta de especial importancia por dos razones fundamentales. En primer lugar, para conocer qué días están abiertas las oficinas destinadas a realizar las gestiones públicas. En segundo lugar, por constituir una referencia para los procedimientos administrativos.

Esto implica que en el cómputo de plazos, tanto en las actuaciones que la Administración deba realizar en un determinado periodo, como en el ejercicio de los derechos de los ciudadanos ante ella mediante la presentación de solicitudes, instancias o recursos sujetos a unas fechas concretas, se deben excluir los días inhábiles establecidos por este calendario, que no se cuentan.

Así, resultan inhábiles los sábados y domingos del año 2024. También son inhábiles los días de fiesta laboral, que concretamente se corresponden con el 1 de enero (Año Nuevo), 6 de enero (Epifanía del Señor), 28 de marzo (Jueves Santo), 29 de marzo (Viernes Santo), 23 de abril (Fiesta de Castilla y León), 1 de mayo (Fiesta del Trabajo), 15 de agosto (Asunción de la Virgen), 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), 1 de noviembre (Todos los Santos), 6 de diciembre (Día de la Constitución Española), 9 de diciembre (por traslado de la Inmaculada Concepción) y 25 de diciembre (Natividad del Señor).

Además, serán inhábiles los dos días correspondientes a las fiestas locales determinadas por cada ayuntamiento en el que resida el interesado, acordados por la autoridad laboral competente, y que se publicarán en los Boletines Oficiales de las distintas provincias.

Como señala el consejero de la Presidencia, Luis Miguel González Gago, “el ejercicio de los derechos por los ciudadanos, cuando opten por la presentación presencial de sus solicitudes y demás escritos, se garantiza a través de la extensa red de oficinas de asistencia en materia de registros que la Junta de Castilla y León pone a su disposición, en la voluntad de abarcar un territorio tan extenso como el de esta Comunidad”.

Las 214 oficinas, de las cuales 114 se ubican en el medio rural, se encuentran a su disposición con horarios de atención al público por la mañana (de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas). En el caso de tratarse de Oficinas Generales situadas en la sede de la correspondiente Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en la capital de cada provincia, el horario se amplía además a las horas de la tarde (de lunes a jueves de 16:30 a 18:30 horas).

Por su parte, están abiertos al público con horario de mañana (8:30 a 14:30 de lunes a viernes) los Puntos de Asistencia en materia de Registros de Arenas de San Pedro (Ávila), Miranda de Ebro, Aranda de Duero, Condado de Treviño (los tres en la provincia de Burgos) y Ponferrada (León).

El resto de oficinas de asistencia, localizadas en los diferentes edificios administrativos de titularidad autonómica, tanto en capitales de provincia como, sobre todo, en otros municipios a lo largo de la Comunidad, tienen un horario de apertura general de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes.

Todas estas oficinas han facilitado a los ciudadanos a lo largo de este año algo más de un millón de registros presenciales de sus solicitudes y documentación.

El Bocyl de hoy puede ser consultado en este enlace.

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