CAPITAL
Actualizado 23/11/2023 13:21:18
Encarna Muñoz

Coinciden con la versión de la Fiscalía, que pide una pena de 23 años de cárcel por asesinato.

Acaba el juicio por la muerte de Diolimar. Los 5 hombres y 4 mujeres que conforman el tribunal del jurado en el juicio contra el acusado por la muerte de Diolimar consideran que este es "culpable". Este jueves, 23 de noviembre, se ha leído el objeto de veredicto y para ellos no existe lugar a dudas, consideran probado que "con ánimo de acabar con la vida de Diolimar, el acusado le clavó un cuchillo entre la séptima y la octava costilla" provocando el fallecimiento de la víctima de forma "inmediata".

Coinciden con la versión de la Fiscalía, que pide una pena de 23 años de cárcel por asesinato y se frustran, por tanto, las intenciones del abogado de la defensa, que pedía la libre absolución al considerar la muerte "un fatal accidente". A la vista de la lectura del veredicto, el abogado de la defensa ha solicitado que la pena se imponga en su grado mínimo, es decir, 15 años.

El juicio queda visto para sentencia, que se conocerá en los próximos días.

La lectura completa del veredicto

El tribunal del jurado también ha estimado "probado" que el acusado, en la madrugada del 9 de junio de 2022, se encontraba en vivienda de Diolimar, junto con la hija menor de Diolimar. Como "probado" han dado que para realizar la conducta descrita, el acusado esperó a que Diolimar se quitara la ropa, se pusiera el camisón y se tumbara en la cama, aprovechando de esa forma que Diolimar no tubiera posibilidad de defenderse.

Han calificado de "probado" el hecho de que, advertido por el grito de Diolimar, su tío acudió a la habitación de Diolimar, donde la vio tendida en la cama, desangrándose y al acusado de pie con un cuchillo en la mano.

También dan por "probado" que, tras estos hechos y acto seguido, el acusado dejó el cuchillo en la fregadera de la cocina y se marchó de la vivienda portando una mochila con documentación y diversos objetos personales y útiles de higiene.

Por último, el jurado considera "no probado" que el acusado tuviese grave o levemente afectada su capacidad de entender debido a una ingesta de alcohol o que fuera adicto a sustancias tóxicas o estupefacientes. Así, se descarta la posibilidad de que se aplique una eximente completa o atenuante de la pena.

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