ESPAñA
Actualizado 28/02/2024 09:47:00

Esta opción se reserva a personas mutualistas en situación de jubilación, voluntarias y beneficiarias a título propio para facilitarles la gestión si no pueden hacerla por vía electrónica.

Durante todo el mes de marzo MUFACE recibirá las solicitudes en papel de ayudas dentarias y oculares presentadas por sus mutualistas en situación de jubilación o de alta voluntaria, así como por aquellas beneficiarias con Documento asimilado al de Afiliación.

MUFACE habilita cada año el mes de marzo para que aquellas personas de los colectivos mencionados que no pueden hacer estas solicitudes por vía electrónica cumplimenten un impreso oficial en papel y lo remitan a su oficina de adscripción. Quienes sí tienen medios electrónicos ya solicitan estas ayudas a través de la sede electrónica y la App para dispositivos móviles de la mutualidad en cualquier momento del año.

Para el colectivo mutualista en activo no cabe la opción de solicitud en papel y es obligatorio utilizar la sede electrónica o la App. Es necesaria identificación digital (Cl@ve, certificado electrónico o DNI electrónico) para la sede, mientras que para la App se requiere solo registro previo y Cl@ve PIN.

Cómo obtener el impreso y enviarlo

Los mutualistas en situación de jubilación o de alta voluntaria y los beneficiarios con Documento asimilado al de Afiliación que quieran remitir su solicitud de ayudas dentarias y oculares en papel pueden obtener el impreso oficial en la web de MUFACE.

Quienes no puedan descargar el impreso pueden solicitarlo a su Servicio Provincial por teléfono o por correo electrónico para que se lo remitan por correo postal. También tienen la posibilidad de acudir a recogerlo a su oficina, siempre con cita previa y teniendo en cuenta que este mes es de gran afluencia por este motivo.

Por su parte, las personas mutualistas de 75 años o más también pueden pedir que les sea enviado el impreso llamando al teléfono de atención preferente del Servicio MUFACE 75+.

Una vez formalizado, el impreso oficial debe enviarse, junto a las facturas y la documentación adicional necesaria, al Servicio Provincial de MUFACE que les corresponda, bien por correo postal o a través de los registros oficiales establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Etiquetas

Leer comentarios
  1. >SoriaNoticias
  2. >España
  3. >MUFACE | Ayudas dentarias y oculares: solicitudes en papel en marzo