PROVINCIA
Actualizado 16/10/2024 20:28:53

Los hechos se remontan a 2022 cuando el acusado, que recurría sentencia de la Audiencia dictada este pasado mayo, abusaba con tocamientos a una joven de 14 años de edad.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la sentencia de un año de prisión para un condenado por la Audiencia Provincial de Soria por un delito de agresión sexual a una menor de edad.

Según quedan confirmados los hechos probados, el acusado invitó a la afectada, de 14 años de edad, y una prima de ella a tomar unas cervezas a su camión, con el ánimo de "pasarlo bien", si bien una de ellas se zafó cuando tenía a ambas cogidas de la cintura. A la víctima, que no pudo escapar, le fueron realizados tocamientos en uno de sus glúteos con ánimo libidinoso, por parte del agresor, quien "intentó meterle la mano por debajo del pantalón hacia la zona del pubis, sin conseguirlo, al impedirlo la menor y alejarse rápidamente del lugar".

En su recurso, el ahora condenado basaba su recurso en lo que consideraba como errónea valoración de la prueba, que hubiera vulneración del derecho a la presunción de inocencia y subsidiariamente del in dubio pro reo si bien el TSJ observa que ha existido prueba de cargo, por las declaraciones de la víctima así como de quien la acompañaba en aquel momento y otro testigo que conocía al agresor. Testimonios que se consideran como creíbles.

Las afectadas dejaron constancia de los hechos ante sus padres, que formularon la correspondiente denuncia, no sin antes acudir estos al lugar de los hechos donde se produjo un altercado con la otra parte implicada. Algo que no es objeto de este procedimiento judicial.

Los hehos se remontan a abril de 2022, siendo dictada sentencia en la Audiencia de Soria dos años después. La misma, ahora confirmada, contempla un año de prisión para el autor de los hechos, además de quedar sometido a libertad vigilada durante cinco años, no acercarse a la víctima a menos de 250 metros y a indemnizarla con 1.000 euros y a abonar las costas del procedimiento. Cuenta con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia en este procedimiento.

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