NOTICIAS DE ÓLVEGA
Actualizado 20/08/2025 12:30:35

El Ayuntamiento de Ólvega ha aprobado de forma definitiva la modificación de la ordenanza fiscal que regula la tasa de basuras. Las nuevas cuotas, que ya han entrado en vigor tras su publicación en el BOP, afectan tanto a viviendas, con una tarifa de 88 euros, como a una amplia variedad de establecimientos comerciales e industriales del municipio.


El Boletín Oficial de la Provincia de Soria (BOP) publica en su edición de este miércoles, 20 de agosto, el acuerdo que eleva a definitivo el texto de la nueva normativa. La aprobación provisional tuvo lugar en el Pleno municipal celebrado el pasado 19 de junio, abriéndose entonces un plazo de treinta días hábiles para que los interesados pudieran examinar el expediente y presentar las alegaciones que considerasen oportunas.

Al no haberse registrado ninguna reclamación durante dicho periodo, el acuerdo ha quedado automáticamente ratificado, tal y como establece la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. La medida actualiza las tarifas del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos para adaptarlas a las necesidades actuales del municipio.

¿Cuáles son las nuevas tarifas anuales?

La ordenanza establece una estructura de cuotas diferenciada según la naturaleza del inmueble o la actividad económica que se desarrolle. Las tarifas anuales, que ya han entrado en vigor, quedan fijadas de la siguiente manera:

  • Viviendas o pisos: 88,00 euros.
  • Pequeños comercios y servicios: 205,00 euros. En esta categoría se incluyen estancos, librerías, tiendas no alimentarias, carpinterías, papelerías, zapaterías, gasolineras, peluquerías o pequeños talleres, entre otros.
  • Comercios, oficinas y talleres de tamaño medio: 285,00 euros. Aquí se engloban clínicas dentales, pequeñas tiendas de alimentación, farmacias, carnicerías, pescaderías, talleres de reparación de vehículos, bancos, gestorías, discotecas y bares de categoría ordinaria.
  • Hostelería y comercios especializados: 360,00 euros. Corresponde a restaurantes con menos de 40 plazas, pequeños autoservicios, pubs, droguerías y ferreterías.
  • Establecimientos de mayor tamaño: 519,00 euros. Se aplica a autoservicios de tamaño medio, hoteles, hostales y establecimientos mixtos.
  • Grandes generadores de residuos: 816,00 euros. Incluye a restaurantes con más de 40 plazas, mataderos y autoservicios que dispongan de sección de carnicería y pescadería.
  • Industrias: La cuota máxima es de 8.275,00 euros para aquellas con más de 100 trabajadores. Para las industrias con 100 o menos empleados, la tasa será proporcional al número de trabajadores en plantilla.

Proceso administrativo y plazos para recursos

Con la publicación en el BOP, la ordenanza fiscal entra plenamente en vigor. No obstante, el acuerdo no agota la vía administrativa. Según se detalla en el anuncio oficial firmado por la alcaldesa, Elia Jiménez Hernández, los interesados disponen de un plazo para recurrir.

Contra este acuerdo definitivo se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos. El plazo para hacerlo es de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el boletín provincial.

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