Un juzgado de Segovia ha desestimado la demanda de un visitante que exigía a Disneyland París el reembolso íntegro de su estancia por el cierre puntual de algunas atracciones. La sentencia considera que la incidencia, ocurrida un día de los tres del viaje, no supone un incumplimiento contractual esencial. Además, el fallo condena al demandante al pago de las costas del procedimiento por un error formal y al considerar desproporcionada su reclamación.
La justicia da la razón a Disneyland París en un litigio con un visitante que reclamaba la devolución íntegra del coste de su estancia. El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Segovia considera que el cierre puntual de algunas atracciones durante un día no supone un incumplimiento contractual que justifique un reembolso total. Además, la sentencia condena al demandante a pagar las costas del procedimiento.
Un viaje a Disneyland París que no cumplió con las expectativas ha terminado en un importante revés judicial para el visitante. Lo que comenzó como una reclamación por no poder disfrutar de todas las atracciones del parque temático ha concluido con una sentencia que no solo rechaza sus pretensiones, sino que le impone el pago de los gastos judiciales generados.
El fallo, emitido el pasado 19 de junio de 2025 por la jueza Ana Duro Palencia, analiza tanto los aspectos formales de la demanda como el fondo del asunto, concluyendo que la solicitud del cliente era desproporcionada. Según la resolución judicial, a la que ha tenido acceso este periódico, se detallan los argumentos de ambas partes y se establece un criterio sobre las expectativas de los visitantes y las obligaciones contractuales de los grandes parques de ocio.
La reclamación: un viaje frustrado y la exigencia de un reembolso íntegro
El demandante, identificado en la sentencia como Don Doroteo, interpuso la demanda el 4 de junio de 2024. En ella, solicitaba el reembolso completo del importe abonado por su estancia en el complejo de Disneyland París, alegando que su experiencia se había visto seriamente afectada.
Su argumento principal se basaba en que, durante su visita, no pudo disfrutar de diversas atracciones ni de actividades habituales como la firma de autógrafos por parte de los personajes del parque. A su juicio, estas incidencias constituían un claro incumplimiento contractual por parte de la empresa que gestiona el complejo.
Los motivos del juzgado para desestimar la demanda
La sentencia basa su decisión en varios fundamentos clave, tanto procesales como de fondo, para absolver a la empresa demandada, EURO DISNEY ASSOCIES SAS, de todas las pretensiones formuladas en su contra.
El primer y determinante motivo para el fallo es la falta de legitimación pasiva. Según la documentación aportada en el juicio, la entidad con la que el visitante contrató realmente el viaje fue EURO DISNEY VACANCES SAS, y no EURO DISNEY ASSOCIES SAS, que fue la demandada. Este error procesal, según la jueza, es suficiente por sí solo para desestimar la reclamación.
A pesar del error formal, la magistrada examinó el fondo del asunto y concluyó que no existió un incumplimiento "esencial" que justificara la devolución íntegra del dinero. Las interrupciones en las atracciones se limitaron a un solo día de los tres que duraba la estancia, debido a una "movilización social puntual". El juzgado considera que esta incidencia no puede entenderse como una "frustración del fin del contrato", ya que el demandante pudo disfrutar del resto de las instalaciones y servicios del parque durante la mayor parte de su visita.
Durante el proceso, quedó acreditado que la empresa ofreció al cliente medidas compensatorias que este rechazó. La oferta consistía en:
La sentencia califica estas medidas como "adecuadas y razonables" y proporcionales al perjuicio efectivamente causado. Además, recuerda que los términos y condiciones aceptados por el cliente al hacer la reserva ya advertían expresamente de la posibilidad de cierres temporales de atracciones por mantenimiento o razones operativas.
Fallo final: demanda desestimada y condena en costas
En consecuencia, el fallo del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Segovia es contundente. La jueza Ana Duro Palencia desestima íntegramente la demanda interpuesta por Don Doroteo contra EURO DISNEY ASSOCIES SAS.
Además de absolver a la compañía, la resolución judicial impone las costas del procedimiento a la parte demandante. La sentencia no es firme y contra ella cabe interponer un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Segovia en un plazo de veinte días desde su notificación.