El Ayuntamiento de Berlanga de Duero abre un periodo de exposición pública de treinta días para la modificación de la ordenanza fiscal que regula la Tasa por Recogida de Basuras. A partir del 4 de octubre, los interesados podrán consultar el expediente en las dependencias municipales y presentar las alegaciones que consideren oportunas.
El Ayuntamiento de Berlanga de Duero abre el periodo de exposición pública para la modificación de la ordenanza fiscal que regula la tasa de basuras. Una modificación que "tan solo ha consistido en fraccionar el pago para que la Diputación lo pueda gestionar", explica Enrique Rubio, alcalde del municipio.Los vecinos y personas interesadas disponen de un plazo de treinta días para examinar el expediente y presentar las reclamaciones que consideren oportunas.
Esta medida se produce tras el acuerdo de aprobación provisional alcanzado por el Pleno del Ayuntamiento en la sesión ordinaria celebrada el pasado 29 de septiembre de 2025. La publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria (BOPSO) con fecha de este viernes, 3 de octubre, marca el inicio del procedimiento administrativo para que la modificación pueda entrar en vigor.
La exposición pública es un trámite legal indispensable. Durante este periodo, cualquier interesado puede consultar los detalles de la modificación propuesta y, si lo considera necesario, formalizar sus alegaciones ante el Consistorio.
Según la información oficial publicada, el plazo para la presentación de reclamaciones es de treinta días. Este periodo comenzará a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el BOPSO, es decir, a partir del sábado 4 de octubre de 2025.
Los interesados en conocer el contenido íntegro de la modificación de la Ordenanza fiscal nº 6 reguladora de la Tasa por Recogida de Basuras pueden hacerlo de la siguiente manera:
El anuncio, firmado por el alcalde de la localidad, Enrique Rubio Romero, especifica los siguientes pasos del proceso. Una vez finalizado el periodo de exposición pública de treinta días, se evaluarán las alegaciones que se hayan podido presentar.
En el caso de que no se presente ninguna reclamación durante dicho plazo, el acuerdo de modificación de la ordenanza fiscal se considerará aprobado de forma definitiva automáticamente, sin necesidad de un nuevo acuerdo plenario. Si se registran alegaciones, estas deberán ser resueltas por el Pleno municipal antes de proceder a la aprobación final del texto.