Esta inyección económica, a través de una modificación de créditos, servirá para diversas inversiones en el municipio.
El Ayuntamiento de Matalebreras ha hecho oficial la aprobación definitiva de una importante modificación de créditos que asciende a un total de 232.000 euros. La medida, que se financia íntegramente con cargo al remanente de tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, permitirá acometer una serie de inversiones clave para el municipio.
La aprobación se ha consolidado tras concluir el periodo de exposición pública sin que se presentara ninguna alegación al expediente, identificado como el número 1/2025. Este paso administrativo valida la reasignación de fondos para atender nuevas necesidades de gasto y reforzar partidas ya existentes, tal como se detalla en el último Boletín Oficial de la Provincia de Soria (BOP).
El acuerdo, firmado por el alcalde de la localidad, Pedro Ignacio Sebastián, ya es ejecutivo y marca el inicio de los procedimientos para la ejecución de las obras y adquisiciones previstas. La utilización del superávit del año anterior demuestra la salud financiera del consistorio, permitiendo realizar mejoras sin recurrir a un aumento de la presión fiscal sobre los vecinos.
La modificación presupuestaria se desglosa en varias actuaciones que abarcan desde la mejora de infraestructuras básicas hasta la dotación de nuevos equipamientos y la adecuación de espacios públicos. El objetivo es mejorar la calidad de los servicios y las instalaciones municipales.
Las principales partidas son las siguientes:
La publicación en el BOP se realiza en cumplimiento del artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Con esta publicación, se abre un plazo para la interposición de un recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo. Según la normativa, los interesados disponen de un plazo de dos meses a contar desde hoy para presentar dicho recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Burgos.
No obstante, desde el Consistorio se aclara, citando el artículo 171.3 de la misma ley, que la interposición de un recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acuerdo. Esto significa que el Ayuntamiento puede continuar con la tramitación de los proyectos financiados con esta modificación de créditos mientras se resuelve cualquier posible impugnación.