PROVINCIA
Actualizado 04/11/2025 10:18:13
Pedro Calavia

Este delito está contemplado en el art. 392 del Código Penal, puede conllevar una pena de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.

El hecho ocurrió a las 04,40 horas del día 19-10-2025, cuando agentes de la Guardia Civil pertenecientes a la USECIC de la Comandancia de Soria (Unidad de Seguridad Ciudadana), realizaban un control preventivo en km. 167,000 de la A-2 término municipal de Arcos de Jalón (Soria).

Al proceder a la parada y control de un turismo e identificación del conductor, éste exhibe un permiso de conducción que ofrece a los agentes dudas sobre su autenticidad, procediendo a su retirada mediante acta de intervención para su remisión, análisis y estudio por parte del Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT) del Subsector de la Guardia Civil de Tráfico de Soria.

Una vez realizado el estudio por parte de este grupo de investigación del permiso de conducción intervenido, se constata su falsedad, realizando gestiones pertinentes para la localización del conductor y su comparecencia en dependencias oficiales e instrucción de diligencias, siendo esta persona investigada por un delito de falsedad documental el día 23-10-2025 en dependencias del GIAT en el Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Soria.

Las diligencias instruidas y el conductor han sido puestos a disposición del Juzgado de Instrucción de Almazán (Soria).

Este delito está contemplado en el art. 392 del Código Penal, puede conllevar una pena de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.

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