El Juzgado de lo Social de Soria falla a favor de CCOO y anula la decisión municipal de excluir los sábados como festivos para el personal del Palacio de la Audiencia. La sentencia es firme y obliga al consistorio a abonar los atrasos.
La justicia ha dado su respaldo a la plantilla del centro cultural municipal al considerar que la modificación de las condiciones laborales se realizó sin negociación previa. El fallo obliga a la administración local a retribuir las jornadas de fin de semana según el criterio consolidado en el convenio colectivo.
El presidente del comité de empresa del Ayuntamiento de Soria, Fernando Santiago, ha valorado positivamente la resolución del Juzgado de lo Social de Soria. La sentencia da la razón a los representantes de los trabajadores frente a la decisión del consistorio de modificar el calendario laboral del personal del Centro Cultural Palacio de la Audiencia.
Desde el sindicato CCOO se han mostrado "satisfechos" con un fallo que pone fin a un conflicto iniciado tras una comunicación administrativa que alteró la consideración de los sábados en el calendario laboral. A la demanda inicial presentada por Comisiones Obreras se sumaron posteriormente las organizaciones sindicales UGT y USO.
La disputa comenzó cuando el concejal de Personal, Eder García, comunicó a través de un correo electrónico que los sábados dejarían de computar como festivos. Según ha explicado Santiago, esta medida se tomó "de forma unilateral y sin comunicación previa", aplicándose de manera inmediata tras el envío de la notificación a la plantilla.
El fondo del asunto radica en la carga de trabajo del equipo del centro municipal, que tiene una obligatoriedad de trabajar 18 festivos al año. Superada esa cifra, la actividad pasa a ser voluntaria. Según el representante sindical, ningún empleado está dispuesto a superar ese límite, "lo que explica la decisión que adoptó sin negociación, saltándose todas las vías negociadoras".
El fallo judicial es contundente al respecto. En el apartado de hechos probados, el texto legal recoge que se ha acreditado que el cómputo de los sábados como festivos constituye una "condición más beneficiosa consolidada". Asimismo, la sentencia destaca que existe una interpretación uniforme del Convenio Colectivo reconocida en procedimientos anteriores, señalando que el Ayuntamiento no articuló "cauce legal alguno" para modificar esta situación.
Para Santiago, la maniobra del concejal supuso una "modificación de las condiciones de trabajo sin diálogo". El sindicalista ha calificado de "lamentable" que se intenten cambiar las normas del convenio unilateralmente y que "los trabajadores tengamos que ir al juzgado para que se haga justicia".
La resolución judicial tiene carácter firme, según el sindicato, ya que no cabe recurso contra ella. Esto implica consecuencias inmediatas para las arcas municipales. El Ayuntamiento de Soria deberá abonar a los trabajadores los importes correspondientes a los sábados trabajados que habían sido excluidos del cómputo de festivos antes del pronunciamiento del Juzgado.