ESPAñA
Actualizado 08/02/2026 10:12:26

La sentencia, impulsada por AEA y emitida por un juzgado de Burgos, podría sentar precedente para 50.000 afectados.

Un juzgado de Burgos ha emitido una sentencia que marca un precedente significativo en la relación entre los conductores y la administración, obligando a la Dirección General de Tráfico (DGT) a devolver los puntos del carné si la sanción económica asociada ha sido previamente anulada por Hacienda. El fallo, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Burgos, estima el recurso de un conductor representado por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) y pone en tela de juicio la descoordinación entre diferentes organismos del Estado.

El origen del litigio se remonta a una sanción por exceso de velocidad que conllevaba una multa económica y la pérdida de cuatro puntos. El conductor, que alegó no haber sido notificado correctamente en su momento, recurrió a la vía económica-administrativa. El Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) de Castilla y León, dependiente del Ministerio de Hacienda, le dio la razón y anuló la deuda al considerar que la notificación no se había realizado conforme a derecho. Sin embargo, a pesar de que la multa económica había desaparecido, la DGT mantenía la sustracción de los puntos, argumentando que la vía para recurrir esa parte de la sanción ya estaba cerrada.

La resolución judicial califica de contraria al principio de seguridad jurídica la situación en la que, para dos órganos del mismo Estado, unos hechos existan y dejen de existir simultáneamente. La magistrada argumenta que si la administración encargada de la gestión económica determina que la notificación fue defectuosa, anulando la vía de apremio, este hecho debe tener efectos inmediatos sobre la sanción en su conjunto. Según el fallo, resulta anómalo que se pretenda mantener la pérdida de puntos cuando la multa de la que derivan ha sido declarada nula, ya que la sanción es única y no puede entenderse como no notificada para el pago pero sí válida para el castigo administrativo.

Desde Automovilistas Europeos Asociados, organización que ha llevado la defensa letrada, celebran lo que consideran un nuevo varapalo a la gestión de la DGT. Su presidente, Mario Arnaldo, ha utilizado una metáfora gráfica para explicar la situación, señalando que la pérdida de puntos va unida a la multa "como la sombra al cuerpo". Arnaldo ha insistido en que no es admisible que Hacienda anule la parte económica por defectos de forma y Tráfico se niegue a restituir el saldo de puntos, una práctica que, según sus estimaciones, podría afectar a cerca de 50.000 conductores en situaciones similares.

La sentencia no solo ordena la devolución de los cuatro puntos al recurrente, sino que también condena a la Administración al pago de las costas procesales, fijadas en 300 euros. El fallo judicial subraya que la resolución del TEAR es un documento de valor esencial que evidencia el error de la resolución recurrida. Al no existir una notificación válida, la sanción nunca adquirió la firmeza necesaria para ejecutar la detracción de puntos, desmontando así el argumento de la Jefatura Provincial de Tráfico de Burgos, que intentó inadmitir el recurso de revisión.

Este dictamen abre una puerta de esperanza para miles de automovilistas que se encuentran en un limbo administrativo, donde se les priva de su derecho a conducir o se les restan puntos basándose en expedientes que, en la práctica, han sido declarados nulos por la propia administración tributaria. La organización de defensa de los conductores ha advertido además sobre la responsabilidad en la que podría incurrir la DGT si mantiene en el Registro de Conductores e Infractores anotaciones que legalmente deberían estar anuladas, lo que podría derivar en imputaciones erróneas por delitos contra la seguridad vial.

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