CAPITAL
Actualizado 18/02/2026 13:35:52
Pedro Calavia

El Boletín Oficial de la Provincia publica la aprobación definitiva de la ordenanza de aparcamiento que entra en vigor este jueves. La tarjeta de residente costará 88,93 euros anuales y la anulación de denuncia se fija en 9 euros. Nuevas tasas también para el servicio de grúa municipal.


El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) ha hecho pública este miércoles la aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza que regula la tasa por estacionamiento de vehículos en las vías públicas municipales. Sin alegaciones, el texto entra en vigor mañana mismo, jueves 19 de febrero.

La normativa, establece el marco tarifario que regirá la conocida como zona azul en la capital. Así, en lo tocante a residentes, el coste anual de la tarjeta se ha fijado en 88,93 euros. El periodo de pago para estos usuarios coincidirá con el año natural, salvo en los casos de primera obtención, donde se aplicará un prorrateo trimestral desde la fecha de concesión.

Para los conductores no residentes, la ordenanza mantiene el sistema de pago por tiempo con un máximo de dos horas de estancia. La tarifa normal se ha calculado en 0,01334 euros por minuto, con fracciones de 0,05 euros, aunque siempre partiendo de un mínimo de 0,15 euros. El texto especifica que la gestión de este servicio se efectuará mediante empresa privada en régimen de concesión administrativa.

En la norma también se contempla la tarifa especial, que sube 9 euros y como es sabido corresponde al exceso sobre el tiempo autorizado. Su abono permite la anulación del aviso de sanción. La anulación solo es posible si no se ha sobrepasado en más de una hora el tiempo límite indicado en el tique de estacionamiento.

El BOP expone igualmente los requisitos para obtener la condición de residente, un estatus que exige estar empadronado y vivir de hecho en la zona correspondiente durante más de seis meses al año. Además, el solicitante debe ser persona física y titular del vehículo —o disponer de uno mediante leasing o renting—, figurando en el mismo domicilio en el permiso de circulación. El Ayuntamiento establece limitaciones como que no se concederá la tarjeta a quienes dispongan de plaza de garaje en propiedad o alquiler en la zona, y únicamente se otorgará una tarjeta por vivienda. Asimismo, se recuerda la obligación de que los vehículos de residentes roten en cada plaza al menos una vez por semana.

La ordenanza contempla exenciones de pago para determinados colectivos. Quedan liberados de esta tasa los vehículos en servicio oficial de las administraciones públicas, las ambulancias y los vehículos destinados a asistencia sanitaria de la Seguridad Social o Cruz Roja. Del mismo modo, los vehículos propiedad de personas con discapacidad podrán estacionar sin coste, siempre que cuenten con la autorización especial expedida por el Consistorio y la exhiban debidamente.

Grúa

También en su edición de hoy, el BOP se hace eco de modificación de la Ordenanza Fiscal número 6, que reguladora de la tasa por recogida, retirada, depósito e inmovilización de vehículos en la vía pública. Un texto que tampoco ha recibido alegaciones, por lo que será efectivo también este jueves.

La ordenanza establece los costes que deberán asumir los conductores o titulares de los vehículos que sean retirados por la grúa municipal para garantizar la fluidez del tráfico y la seguridad vial. En el caso de los turismos, la cuota tributaria por el uso de la grúa y el traslado al depósito se ha fijado en 66,64 euros.

Además del coste del traslado, los propietarios deberán abonar la estancia en las instalaciones municipales. La tarifa por cada día o fracción de permanencia en el depósito para un vehículo asciende a 26,65 euros. Por otro lado, si el vehículo ha sido inmovilizado mediante un cepo o mecanismo similar, la tasa por la retirada de dicho mecanismo será de 56,28 euros.

La normativa también contempla tarifas específicas para las motocicletas para los cuales el servicio tendrá un coste de 22,15 euros, mientras que la estancia diaria en el depósito municipal supondrá un desembolso de 8,95 euros por día o fracción.

La ordenanza especifica que la obligación de pago nace desde el momento en que se inician las operaciones de recogida o inmovilización. Asimismo, el artículo 7 de la norma establece que el importe de las cuotas será exigido y deberá hacerse efectivo "al recuperarse el vehículo o al solicitarse la retirada del medio mecánico de inmovilización", siendo este abono un requisito indispensable para que el vehículo sea entregado o liberado.

Estación Terminal de Mercancías

Por último el BOP informa de la supresión de la tasa municipal sobre la Estación Terminal de Mercancías. La norma que desaparece del marco fiscal municipal a través de un edicto que confirma la eliminación del precio público, simplificando así el cuadro de tasas municipales vigentes en la capital soriana para el presente ejercicio.

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