La Audiencia Provincial de Soria impone prisión a un varón de 53 años por realizar tocamientos a una niña de 13 años en 2024. El tribunal absuelve al procesado de las denuncias que presuntamente habría hecho contra las dos hermanas de la víctima al no existir pruebas concluyentes.
La Audiencia Provincial de Soria ha dictado prisión para un hombre de de 53 años por haber practicado tocamientos a una niña de 13 años. Hechos que sucedieron en 2024 en la capital soriana. El hombre también fue denunciado por delitos de este tipo hacia las otras dos hermanas de la afectada, si bien la sentencia indica que no hay pruebas concluyentes sobre estos últimos términos.
La sentencia judicial establece, además de la privación de libertad, el pago de una indemnización de 3.000 euros en concepto de responsabilidad civil. El fallo contempla, además, cinco años de libertad vigilada y la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante ese mismo periodo de tiempo.
El dictamen también refleja, del mismo modo, la inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión u oficio que implique un contacto regular y directo con menores, también durante un lustro. El condenado, que carecía de antecedentes penales, mantenía una estrecha relación de amistad con los padres de la menor, compartiendo celebraciones familiares. De hecho fue padrino de una de las hermanas.
El episodio causa del proceso judicial tuvo lugar en junio de 2024, cuando la víctima se encontraba sola en su domicilio. El acusado acudió a la vivienda y logró acceder con la excusa de que necesitaba hablar sobre un asunto laboral con otra de las hermanas, pese a que no se encontraba en casa.
Una vez en la vivienda, el ahora condenado aseguró que estaba cursando estudios de Fisioterapia, excusa por la que comenzó a realizar masajes y tocamientos a la menor, intentando bajarle los pantalones, "ante lo que la menor se asustó, incorporándose y quedándose sentada en el sofá". A pesar de La niña manifestó su incomodidad y le pidió que marchara, pero el agresor, "en lugar de irse, empezó a decirle, mirándola fijamente, que se estaba volviendo muy guapa, que no se sintiera incómoda, preguntándole qué creía que iba a pasar, que no le hiciera caso, que estaba loco y que le perdonara". La insistencia del hombre quedó zanjada al recibir él una llamada telefónica que precipitó su salida del inmueble.
Tras el suceso, la víctima alertó a un familiar y la Policía acudió inmediatamente al lugar. Los agentes encontraron a la niña "en un evidente estado de ansiedad y llorando".
Estos hechos provocaron que la menor no saliera de casa en todo el verano así como sentirse en la necesidad de requerir compañía cuando se encontraba fuera del domincilio durante los meses siguentes. Posteriormente, cuando empezó a ir sola por la calle, trataba cambiar de camino si veía cerca a alguna persona mayor.
El tribunal ha decidido absolver al acusado de los cargos por presuntos abusos sexuales continuados contra las otras dos hermanas de la víctima con anterioridad. La resolución judicial se fundamenta en el principio de presunción de inocencia, al observar contradicciones en las declarantes "sin posibilidad de corroborar" dichas manifestaciones. "No existe dato alguno que permita considerar la existencia de incredibilidad subjetiva por razones personales" de las hermanas por hechos que sucedieron hace doce y catorce años en una de ellas y ocho años en la segunda.