La Junta actualiza el marco que regula uno de los productos más reconocibles de la despensa soriana. La Junta de Castilla y León ha aprobado el nuevo reglamento de la Denominación de Origen Protegida (DOP) Mantequilla de Soria, una actualización que sustituye al texto vigente desde 2004 y ajusta su funcionamiento a la normativa europea actual.
La Consejería de Agricultura ha aprobado un reglamento que ordena de forma más detallada todo lo que rodea a la Denominación de Origen Mantequilla de Soria, desde la producción de la leche hasta el etiquetado final del producto.
El cambio no es menor. Sustituye a la regulación aprobada hace más de dos décadas y responde a la necesidad de adaptarse al marco europeo que regula las indicaciones geográficas. El texto consolida la protección del nombre “Mantequilla de Soria” y fija las condiciones para su uso, evitando usos indebidos o confusiones en el mercado.
Uno de los ejes centrales es el refuerzo del Consejo Regulador, que mantiene su papel como garante del producto, pero ve detalladas con mayor precisión sus funciones.
Entre ellas, la defensa de la marca, la promoción, la supervisión de los operadores y la gestión de los registros de ganaderías e industrias. También se ordena su estructura interna y su sistema de financiación, basado en cuotas de los operadores y otros ingresos ligados a la actividad.
El reglamento delimita con claridad quién puede formar parte de la denominación. Para ello se establece un registro dividido en tres grandes bloques: ganaderías, industrias lácteas e industrias pasteleras. Solo quienes estén inscritos y cumplan las condiciones podrán producir, transformar o comercializar mantequilla bajo este sello de calidad.
La trazabilidad y el control ganan peso en el nuevo texto. Los operadores deberán implantar sistemas de autocontrol y conservar la documentación durante varios años, mientras que la verificación externa recaerá en el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León. El objetivo es asegurar que cada fase del proceso cumple con los requisitos establecidos y que el producto final responde a los estándares de la denominación.
También se regula con más detalle el uso del etiquetado y de los elementos identificativos. La denominación solo podrá utilizarse en productos que cumplan estrictamente el pliego de condiciones, y su presencia en alimentos transformados queda limitada a casos concretos para evitar inducir a error al consumidor.
La norma introduce, además, ajustes en aspectos prácticos como las cuotas que deben abonar los operadores o las condiciones para su inscripción, que se simplifica mediante una declaración responsable. Se busca, según el propio texto, reducir cargas administrativas sin rebajar las exigencias de control.
En conjunto, la actualización no modifica la esencia de la Mantequilla de Soria DO, pero ordena con mayor precisión su funcionamiento. Un paso más para blindar la calidad de un producto que, desde su reconocimiento europeo en 2007, se ha consolidado como una de las señas de identidad agroalimentaria de la provincia.